CONTRATOS – Choice/Complete/Choice Plus

Para las prestaciones de ASISTENCIA EN CARRETERA y
REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES, llama a
1-866-538-5257

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NIVEL DE COBERTURA
(Marca sólo uno)

Último

Neumáticos y ruedas
Reparación del parabrisas
Reparación de abolladuras sin pintura
Reparación / sustitución de llaves
Reparación del interior
Interrupción del viaje
Asistencia en carretera

Arrendamiento Definitivo

Neumáticos y ruedas
Reparación del parabrisas
Reparación de abolladuras sin pintura
Reparación / sustitución de llaves
Reparación del interior
Interrupción del viaje
Asistencia en carretera
Prestaciones de fin de alquiler

PLAZO DE LA COBERTURA
Si no se marca ninguna casilla, se aplicarán 12 Meses.

*Elegible sólo para Vehículos con menos de 40.000 kilómetros en el momento de la venta.

RECARGOS OBLIGATORIOS

Contrato postventa

PRECIO DE COMPRA DEL VEHÍCULO
(antes de impuestos)

DEDUCIBLE

RECONOCIMIENTO Y FIRMAS

Al firmar esta Página de Registro, TÚ reconoces que este CONTRATO no es necesario para obtener financiación para TU VEHÍCULO y que tu aceptación bajo este CONTRATO es voluntaria, TÚ reconoces que has leído y entendido los términos y condiciones de este CONTRATO, incluidas las exclusiones y limitaciones contenidas en el mismo, reconoces haber recibido una copia de este CONTRATO, y reconoces haber recibido al menos dos (2) juegos de LLAVE(S) y/o transpondedores (en su caso) que funcionen correctamente para el VEHÍCULO CUBIERTO en la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. Una llave de aparcacoches no se considera una LLAVE.

FIRMA DEL TITULAR DEL CONTRATO

Por la presente certifico que he leído y comprendo los términos y condiciones de este CONTRATO, incluidas las exclusiones y limitaciones que contiene. También confirmo que he recibido una copia de este CONTRATO en su totalidad. NOTA: Este documento consta de siete (7) páginas.

FIRMA DEL VENDEDOR

Como representante autorizado del CONCESIONARIO VENDEDOR, certifico que el VEHÍCULO reúne los requisitos para ser cubierto por el presente CONTRATO y que dicho VEHÍCULO cumple todos los requisitos facilitados por el ADMINISTRADOR al CONCESIONARIO VENDEDOR.

CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO

Cuando esta solicitud está debidamente cumplimentada, archivada y registrada en el ADMINISTRADOR, se convierte en un CONTRATO. Este CONTRATO es entre el TITULAR DEL CONTRATO y NOSOTROS. Este CONTRATO protege al TITULAR DEL CONTRATO en caso de una REPARACIÓN CUBIERTA del VEHÍCULO. En consideración al pago del cargo del CONTRATO al ADMINISTRADOR, y confiando en las declaraciones y selecciones hechas por el TITULAR DEL CONTRATO y el DISTRIBUIDOR VENDEDOR en este CONTRATO y sujeto a los siguientes Términos, Condiciones, Exclusiones y Limitaciones de este CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO tiene derecho a las siguientes coberturas y beneficios. LA ADQUISICIÓN DE ESTE CONTRATO NO ES UN FACTOR NI UN REQUISITO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITO. La adquisición de este CONTRATO es opcional.

ADMINISTRADOR: CornerStone United, Ltd., 931 Commissioners Road E., Suite 201, London, ON N5Z 3H9, 1-866-481-1327.

VEHÍCULO DE USO PROFESIONAL: Vehículos de propiedad privada o de una empresa que son utilizados por un conductor principal con el fin de realizar, entre otros, trabajos de ruta/ventas sin entrega y trabajos de ruta ligeros. Ejemplos de uso empresarial son los vehículos utilizados para reparto de pizzas y flores, agentes inmobiliarios y representantes de ventas. Los vehículos utilizados para uso empresarial pueden optar a la cobertura de este CONTRATO.

VEHÍCULO DE USO COMERCIAL: Vehículos utilizados en cualquier otro tipo de uso comercial no descrito anteriormente en VEHÍCULO DE USO COMERCIAL, incluidos, entre otros, los vehículos de flotas y de conductores múltiples, los vehículos utilizados para libreas, trabajos de servicio y reparación, trabajos comerciales, negocios móviles, reparto de rutas, vehículos utilizados para compartir viajes y vehículos utilizados para tirar de remolques comerciales. Ejemplos de VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL son los vehículos utilizados para taxis, lanzaderas, cuidado del césped, inspectores de viviendas, reparto de correo y paquetes, lavado de perros, reparto de electrodomésticos, contratistas y oficios. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no están cubiertos por este CONTRATO.

CONTRATO: El presente Contrato de Servicio del Vehículo, una vez aceptado por el ADMINISTRADOR.

FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO : La fecha en que este CONTRATO fue adquirido por TI para el VEHÍCULO CUBIERTO.

NIVEL DE COBERTURA: El nivel de cobertura que hayas seleccionado tal y como se indica en la Página de Inscripción de este CONTRATO. Sólo se aplican las prestaciones indicadas a continuación en la Sección II. «Cobertura» que correspondan al NIVEL DE COBERTURA que hayas seleccionado:

Ultimate – Incluye todas las prestaciones aplicables indicadas en la Sección II. «Cobertura», Apartados A. Neumáticos y Ruedas, B. Reparación de Parabrisas, C. Reparación de Abolladuras sin Pintura, D. Reparación / Sustitución de Llaves, E. Reparación Interior, G. Gastos de Interrupción de Viaje y H. Asistencia en Carretera;

Arrendamiento Definitivo – Incluye todas las prestaciones aplicables indicadas en la Sección II. «Cobertura», Apartados A. Neumáticos y Ruedas, B. Reparación de Parabrisas, C. Reparación de Abolladuras sin Pintura, D. Reparación / Sustitución de Llaves, E. Reparación Interior, F. Prestaciones de Fin de Arrendamiento, G. Gastos de Interrupción de Viaje y H. Asistencia en Carretera.

EMERGENCIA CUBIERTA: Suceso en el que el VEHÍCULO CUBIERTO no puede circular con seguridad por sus propios medios debido a una inutilización por circunstancias imprevistas e inevitables. No obstante, y en lo que se refiere a las prestaciones y servicios del ADMINISTRADOR en los términos y condiciones de este CONTRATO, no se consideran EMERGENCIAS CUBIERTAS las siguientes Daños o inutilización debidos a accidente, colisión, inundación, incendio o vandalismo; emergencias derivadas del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes o del uso del VEHÍCULO CUB IERTO en la comisión de un acto ilegal; llamadas de servicio repetidas para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios; y, remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.

PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA: La (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUBIERTO que se ha(n) perdido, dañado y no funciona(n). La ausencia de LLAVE(S ) DEL VEHÍCULO CUB IERTO en el momento de la entrega original del VEHÍCULO CUBIERTO a TI no constituye una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA.

REPARACIÓN CUBIERTA: Una reparación o servicio que cumple los requisitos para la cobertura según los términos y condiciones de este CONTRATO.

VEHÍCULO CUBIERTO o VEHÍCULO: El vehículo descrito en la Página de Inscripción de este CONTRATO.

LLAVE(S) ELEGIBLE(S): Significa aquella(s) otra(s) llave(s) de tu propiedad contenida ( s) en TU llavero que contenga(n) la (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA (incluyendo, por ejemplo, llaves de coches, camiones, barcos, remolques, vehículos recreativos y objetos personales como cajas de joyas, cajas fuertes, etc.).

LLAVE(S): Se refiere a un máximo de dos (2) llaves maestras y/o transpondedores (si procede) que funcionen correctamente y que se te hayan proporcionado para el VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de la entrega original del VEHÍCULO CUB IERTO. No se consideran LLAVES las llaves de aparcacoches ni los dispositivos de posventa (por ejemplo, arrancadores a distancia) del VEHÍCULO CUB IERTO .

REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA o PDR: El proceso utilizado para eliminar pequeñas abolladuras y abolladuras menores (hasta cuatro pulgadas de diámetro) de las superficies pintadas de TU VEHÍCULO CUBIERTO sin dañar el acabado de fábrica del VEHÍCULO CUBIERTO, sujeto a las limitaciones y exclusiones establecidas en este CONTRATO.

CONTRATO POST-VENTA: Un contrato de vehículo usado en el que la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO es posterior a la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. Este CONTRATO no cubre ningún VEHÍCULO usado si la fecha en la que TÚ compraste el CONTRATO y la fecha en la que TÚ compraste TU VEHÍCULO son diferentes, a menos que la casilla Contrato Postventa esté marcada en «Recargos Obligatorios» en la página de Registro de este CONTRATO.

PELIGRO EN CARRETERA: Objetos y condiciones de la carretera como baches, piedras, restos de madera, piezas metálicas, clavos, cristales, restos de plástico o materiales compuestos, impacto con un bordillo o cualquier elemento que cause daños en los neumáticos y/o ruedas que no sean por desgaste y aquellas condiciones excluidas en la sección titulada «Exclusiones».

CONCESIONARIO VENDEDOR: El Concesionario de Automóviles identificado en la Página de Registro de este CONTRATO.

PLAZO DE COBERTURA: El tiempo en meses que el VEHÍCULO CUBIERTO está cubierto por este CONTRATO, según se indica en el apartado PLAZO DE CO BERTURA de la Página de Inscripción de este CONTRATO. La duración del PLAZO DE COBERTURA del CONTRATO en meses comienza en la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO. Este CONTRATO expira cuando se alcanza el PLAZO DE COBERTURA en meses.

NO REPARABLE: Situación en la que la rueda es incapaz de sellarse con el neumático, lo que provoca una pérdida de aire y no es reparable o se ha puesto en peligro la integridad estructural de la rueda.

FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO : La fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue comprado por TI.

GARANTÍA: Cualquier GARANTÍA del fabricante o cualquier otra GARANTÍA.

NOSOTROS, NOS y NUESTRO: CornerStone United, Ltd.

TÚ, TU, TUYO y TITULAR DEL CONTRATO: La(s) persona(s) que figura(n) en la Página de Inscripción como adquirente(s) de este CONTRATO.

II. COBERTURA

A. NEUMÁTICO Y RUEDA: En caso de que uno o varios neumáticos y/o rueda(s) de TU VEHÍCULO CUBIERTO resulten dañados debido a un PELIGRO DE CIRCULACIÓN, PAGAREMOS a un taller de reparación o, a NUESTRA elección, TE reembolsaremos lo siguiente:

Reparación de neumáticos : pagaremos los gastos ocasionados por la reparación de los neumáticos pinchados.

Sustitución de neumáticos: pagaremos un neumático de sustitución en caso de que el neumático no pueda repararse debido a roturas por impacto, enganches, pinchazos u otros PELIGROS DE LA CARRETERA. NOSOTROS pagaremos el coste de un neumático de sustitución del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado y nuevo vástago de válvula) al precio medio de venta al público regional. Las sustituciones se limitan a los neumáticos originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

Reparación de la rueda – PAGAREMOS los gastos ocasionados por la reparación de la(s) rueda(s).

Sustitución de la rueda: NOSOTROS pagaremos una rueda de sustitución en caso de que la rueda quede inservible debido a daños causados por un PELIGRO EN LA CARRETERA. NOSOTROS pagaremos el coste de una rueda de repuesto del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado y nuevo vástago de válvula) a la tarifa minorista regional media. Las sustituciones se limitan a las ruedas originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

Daños estéticos: se cubren las llantas de aleación o acero en las que el estado normal de la(s) llanta(s) se vea alterado con respecto a su aspecto normal. La cobertura se limita a las superficies cepilladas o pintadas. Utilizaremos NUESTRA red de reparaciones y determinaremos el mejor proceso de reparación para el Daño Estético. Las reparaciones pueden consistir en una reparación cosmética, enderezamiento o refabricación. Las ruedas se repararán siempre que sea posible. Las ruedas que no se puedan reparar se sustituirán SÓLO SI LA RUEDA NO SE PUEDE REPARAR. Las sustituciones se limitan a la(s) rueda(s) original(es) del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

Coche de alquiler : TE reembolsaremos los gastos de alquiler de coche hasta cincuenta dólares (50 €) por día durante un máximo de dos (2) días si la(s) reparación(es) de TU (s) neumático(s) y/o rueda(s) requiere ( n) ocho (8) horas o más de mano de obra, si requerimos una inspección del VEHÍCULO CUBIERTO o si la(s) reparación(es) requiere(n) el envío de la(s) rueda(s) dañada(s).

Consulta la Sección VI. «Cómo presentar una reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de NEUMÁTICOS Y RUEDAS para:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Reparación o sustitución cubierta por el fabricante u otra GARANTÍA o cobertura de seguro principal del TITULAR DEL CONTRATO .
  3. Reparaciones o sustituciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación o sustitución.
  4. Neumáticos a los que les quede una profundidad de banda de rodadura de tres treinta segundos de pulgada (3/32″) o menos.
  5. Reparación o sustitución que exceda la especificación del vehículo del fabricante, o cuando el fabricante, mediante anuncio público o llamada a revisión, establezca sus responsabilidades de sustitución por cualquier defecto del fabricante.
  6. Daños causados por negligencia, abuso, uso indebido, colisión, defectos del fabricante, fugas en válvulas o llantas, instalación incorrecta, pudrición seca en flancos o banda de rodadura, cadenas de neumáticos, uso en carreras o fuera de carretera, vandalismo, daños malintencionados, daños en cadenas, incendio o robo.
  7. Vehículos todoterreno, vehículos recreativos, vehículos con neumáticos recauchutados, vehículos con neumáticos y/o ruedas todoterreno, o vehículos de más de una (1) tonelada.
  8. Ruedas o neumáticos personalizados.
  9. Los fallos que se produzcan por operar en cualquier superficie que no sean carreteras o autopistas pavimentadas federales, provinciales, de condado, de ciudad o de municipio.
  10. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  11. Cualquier VEHÍCULO CUBIERTO que se utilice para carreras u otras competiciones, alquileres, préstamos de concesionarios, limusinas, taxis, coches de policía u otros vehículos de emergencia.
  12. Vehículos matriculados y/o utilizados normalmente fuera de Canadá o Estados Unidos.
  13. Neumáticos y/o ruedas que no cumplan las recomendaciones de los fabricantes específicas para TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  14. Pérdidas o daños causados por el mal uso ocasionado por circular con neumáticos inflados en exceso, inflados insuficientemente o desinflados.
  15. Las llantas cromadas y las llantas de aleación con simulación de cromado quedan excluidas de la cobertura de Daños Estéticos de este CONTRATO.
  16. Ruedas que no sellan debido al óxido y la corrosión.
  17. Cualquier pérdida o daño consecuencial de cualquier tipo, incluyendo pérdidas, daños o lesiones a personas o bienes resultantes del fallo de cualquier pieza de TU VEHÍCULO CUBIERTO, cuya sustitución esté cubierta en los términos y condiciones de este CONTRATO.
  18. Si sigues conduciendo con un neumático desinflado que supera los requisitos indicados en el manual del propietario específico de TU VEHÍCULO CUBIERTO.

B. REPARACIÓN DE PARABRISAS:

TE reembolsaremos la reparación de las grietas, estrellas o desconchones del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO, de hasta una pulgada y media (1.5) pulgadas de diámetro cuando esté: (1) dañado por rocas propulsadas y/u otros residuos que supongan un PELIGRO EN LA CARRETERA, como restos de madera, piezas metálicas, trozos de plástico o compuestos, o cualquier otro objeto propulsado mientras se conduce el VEHÍCULO CUBIERTO; o (2) causado por la tensión en el parabrisas debido a baches en las autopistas, calles o carreteras. Las reparaciones de grietas, estrellas o desconchones en la superficie del parabrisas delantero que se determinen reparables se realizarán utilizando el proceso de reparación de parabrisas existente, sujeto a las siguientes limitaciones y exclusiones contenidas en este CONTRATO. La mayoría de las grietas, astillas o desconchones menores del parabrisas delantero pueden repararse y, en la mayoría de los casos, no se notará una reparación completa. Los daños causados por colisión no están cubiertos por este CONTRATO. Un técnico de reparación de parabrisas examinará la zona dañada antes de realizar la reparación del parabrisas para determinar si las grietas, estrellas o desconchones pueden repararse. Si el técnico de reparación del parabrisas y el ADMINISTRADOR determinan que el parabrisas no puede repararse, TE reembolsaremos los gastos ocasionados por la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO (excepto donde lo prohíba la ley) hasta un máximo de quinientos dólares (500 $) por incidencia. Se requiere documentación de gastos válidos para la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO. Consulta la Sección VI. «Cómo Presentar una Reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

Este CONTRATO puede proporcionar una duplicación de la cobertura ya proporcionada por TU póliza de seguro de daños físicos del automóvil.

EXCLUSIONES:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
  3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
  4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
  5. Daños en cualquier luna que no sea el parabrisas delantero del VEHÍCULO CUBIERTO.
  6. Cualquier cantidad superior a quinientos dólares (500 $) en que se incurra por la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO que el técnico examinador considere no reparable.
  7. Sustitución de cualquier pieza que no sea el parabrisas.
  8. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños causados por o relacionados con animales (incluidos los animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, granizo, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
  9. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  10. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
  11. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

C. REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA:

En caso de que sufras pequeñas abolladuras y/o golpes en los paneles metálicos pintados de TU VEHÍCULO CUBIERTO, TE reembolsaremos la reparación de pequeñas abolladuras y/o golpes de hasta cuatro (4) pulgadas de longitud que puedan repararse con el proceso de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA(PDR). No todas las abolladuras y golpes pueden repararse con el proceso PDR. Las abolladuras más grandes, las abolladuras con pliegues, las abolladuras que no son accesibles con las herramientas PDR y las que requieren repintado no están cubiertas. En caso de que las abolladuras de TU VEHÍCULO CUBIERTO sean causadas por daños por granizo, TE reembolsaremos (excepto donde lo prohíba la ley), hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares (250 $) por incidente, los gastos incurridos por la reparación de los daños por granizo de TU VEHÍCULO CUBIERTO. Se requiere documentación de gastos válidos para la reparación de daños por pedrisco en TU VEHÍCULO CUBIERTO. Consulta la Sección VI. «Cómo Presentar una Reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA para:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
  3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
  4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
  5. Las abolladuras de tamaño demasiado grande (más de cuatro (4) pulgadas de diámetro) se considerarán no reparables mediante el proceso PDR.
  6. Abolladuras o golpes en paneles horizontales, pliegues de la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO, abolladuras en líneas o curvas de la carrocería o abolladuras en el borde de un panel de la carrocería.
  7. Abolladuras, golpes o pliegues que puedan dañar la carrocería o el acabado de la pintura si se utiliza el proceso PDR.
  8. Abolladuras o golpes que no puedan repararse completamente mediante el proceso PDR.
  9. Abolladuras o golpes que requieran el uso de masilla, lijado, pegado, imprimación o pintura.
  10. Abolladuras o golpes cuyo acceso esté restringido debido a refuerzos instalados por el fabricante, paneles metálicos dobles, instalaciones posventa u otras limitaciones de acceso.
  11. Abolladuras profundas que estiran demasiado el metal y no le permiten recuperar su forma original.
  12. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  13. Partes cromadas o sin pintar del VEHÍCULO CUBIERTO, cristal, plástico u otras secciones exteriores no metálicas de la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO o unidas a la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO.
  14. Cualquier daño en el interior del VEHÍCULO CUBIERTO o en los bajos del VEHÍCULO CUBIERTO.
  15. Daños medioambientales, incluidos, entre otros, el óxido, la corrosión y los daños causados por productos químicos.
  16. Sustitución de cualquier pieza.
  17. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños estéticos (incluidos, entre otros, arañazos, deterioro de la pintura, desconchones, grietas u otros daños en la pintura de la superficie del VEHÍCULO CUBIERTO, mellas, desgaste normal), daños causados por o relacionados con animales (incluidos animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
  18. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
  19. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

D. REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES:

  1. En caso de que TU(S) LLAVE( S ) se pierda(n) o resulte(n) dañada(s) y no funcione(n), Xtended Auto Asistencia en Carretera te reembolsará hasta mil dólares (1.000 $) por incidente para la reparación o, si no se puede reparar, la sustitución de TU(S) LLAVE(S) y/o transpondedor. Las sustituciones serán de llaves y/o transpondedores del fabricante del equipo original (OEM) o de tipo y calidad similares. Se cubrirá la reparación o sustitución razonable de los insertos de la llave, la carga metálica de la llave, la carcasa de la llave, la carcasa / transmisor remoto, la sustitución del Bluetooth y cualquier gasto relacionado con la programación del vehículo. La cobertura está limitada a un total de una (1) reclamación durante cualquier periodo de doce (12) meses durante el PLAZO DE COBERTURA. No se proporcionará cobertura para aumentar el número de LLAVE(S) y/o transpondedores del VEHÍCULO CUBIERTO. No tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto.

Prestaciones por Pérdida de Llaves Adicionales: En caso de que se pierdan llaves adicionales junto con una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA, Xtended Auto Roadside Assistance te reembolsará hasta cien dólares ($100) por incidente para reemplazar LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Xtended Auto Roadside Assistance debe recibir recibos válidos en un plazo de noventa (90) días a partir de la PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA inicial.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES para:

  1. Cualquier reparación o sustitución realizada sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
  2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el/los fabricante(s) de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) a sustituir.
  3. Reparación o daños a la vivienda, VEHÍCULO CUBIERTO u otros bienes.
  4. No se dará cobertura en caso de emergencias derivadas del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
  5. Cualquier daño o pérdida, ya sea consecuente, directo o de otro tipo, resultante del fallo o pérdida de una (S) LLAVE(S) de sustitución programada(s) .
  6. Cualquier daño o falta de funcionamiento de la(s) LLAVE(S) o de la ( s ) LLAVE(S) ELEGIBLE(S) causado por el desgaste (por ejemplo, fallo de la batería / pérdida de carga, daños estéticos).
  7. Cualquier sustitución de LLAVE(S) CUANDO AL MENOS DOS (2) JUEGOS DE LLAVE(S) PARA EL VEHÍCULO CUBIERTO NO FUERON ENTREGADOS EN EL MOMENTO DE LA COMPRA DEL VEHÍCULO.
  8. Cualquier llave o dispositivo posventa (como el arranque a distancia).
  9. La pérdida o daño de llaves, mandos a distancia, transpondedores o tarjetas inteligentes distintos de los definidos como LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Esto incluye, pero no se limita a: alarma, rueda, mando / transpondedor de posventa, lo-jack, club, llave / mando de puerta de garaje, mando de seguridad doméstica, mandos / llaves de comunidades o edificios cerrados o vallados, y mandos / transpondedores / tarjetas inteligentes de vehículos que no sean el VEHÍCULO CUBIERTO.
  10. Todos los peajes y multas.
  11. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  12. Sólo está cubierto el COSTE RAZONABLE DE REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) en los términos, condiciones y limitaciones establecidos en este CONTRATO.
  13. Si el VEHÍCULO CUBIERTO es alquilado, no se cubrirá lo siguiente: (1) la sustitución de cualquier LLAVE(S ) no contabilizada(s) durante la inspección final del arrendamiento por el DISTRIBUIDOR VENDEDOR; (2) cualquier cargo cobrado por el DISTRIBUIDOR VENDEDOR por falta de LLAVE(S) en el informe de inspección final del arrendamiento; (3) cualquier reclamación presentada después de la fecha de finalización del arrendamiento; y (4) cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante de la LLAVE a sustituir, incluidos los programas de «desgaste por uso» previstos para vehículos arrendados.
  14. Xtended Auto Roadside Assistance no garantiza en modo alguno, ni expresa ni implícitamente, ninguna LLAVE de sustitución o LLAVE ELE GIBLE obtenida por TI.

PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES(1-866-538-5257):

Para obtener las prestaciones de sustitución de la LLAVE DEL VEHÍCULO CUBIERTO en virtud de este CONTRATO, debes cumplir las siguientes condiciones:

  1. Todas las solicitudes de sustitución de la LLAVE deben comunicarse a Xtended Auto Roadside Assistance antes de iniciar cualquier sustitución. Llama al número gratuito de Asistencia en Carretera de Xtended Auto (1-866-538-5257) para recibir instrucciones y obtener autorización y un número de seguimiento de la reclamación antes de empezar a trabajar en la sustitución de la LLAVE. NOTA: La emisión de un número de seguimiento de la reclamación no implica ni se interpretará como la aprobación de una reclamación, sino sólo como que has cumplido con TU responsabilidad de informar sobre dicha reclamación.
  2. Si te encuentras en un radio de 80 km del VENDEDOR , deberás volver allí para que te corten y programen una LLAVE de repuesto. Si estás fuera del radio de 80 kilómetros , puedes acudir a un concesionario adecuado.
  3. Todas las LLAVES DEL VEHÍCULO que no funcionen deben ponerse a disposición del concesionario para su inspección y reprogramación.
  4. El concesionario debe enviar por fax una copia firmada de la orden de reparación original al número de fax de Asistencia en Carretera de Xtended Auto recibido al autorizar la sustitución para el pago final.
  5. Se pagará al concesionario tan pronto como Xtended Auto Roadside Assistance reciba del concesionario una orden de reparación debidamente firmada. no eres responsable de ningún gasto que no supere los mil dólares (1.000 $) por incidente.
  6. Todas las LLAVES de repuesto y cualquier programación sólo están disponibles por el CONCESIONARIO VENDEDOR o un concesionario franquiciado apropiado. Xtended Auto Asistencia en Carretera no corta, ordena ni programa ninguna LLAVE perdida o dañada.
  7. ADVERTENCIA: Toda persona que, a sabiendas y con intención de perjudicar, defraudar o engañar a Xtended Auto Roadside Assistance, presente una declaración de siniestro o solicitud que contenga información falsa, incompleta o engañosa será perseguida con todo el peso de la ley.

PROCEDIMIENTO ADICIONAL DE RECLAMACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE LLAVES (1-866-538-5257):

8. Asistencia en carretera Xtended Auto te reembolsará la sustitución de TU(S) LLAVE(S) ELEGIBLE(S), hasta cien dólares (100 $) por incidente, una vez recibida(s) la(s) factura(s) pagada(s) por la(s) sustitución(es). Llama gratis al Departamento de Reclamaciones de Xtended Auto Roadside Assistance (1-866-538-5257) para obtener ayuda.

E. REPARACIÓN INTERIOR:

En caso de que sufras pequeños desgarros interiores, quemaduras, roturas (de un máximo de tres (3) pulgadas de longitud), grietas, arañazos o pinchazos (de menos de una y cuarto (1 ¼) pulgadas de diámetro), en las superficies interiores de los asientos de tela o cuero, materiales del salpicadero, reposabrazos, paneles de las puertas, tapicerías y moquetas (se excluyen las alfombrillas) de TU VEHÍCULO CUBIERTO debido al desgaste normal, TE repararemos o te reembolsaremos los costes de estas reparaciones hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares (250 $) por visita de reparación (excepto donde lo prohíba la ley). Consulta la Sección VI. «Cómo presentar una reclamación» para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN INTERIOR para:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
  3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
  4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
  5. Cualquier acabado, tejido, cuero o vinilo que no esté dañado.
  6. Desgarros de asientos de tela o cuero de más de tres (3) pulgadas de longitud.
  7. Pinchazos en asientos de tela o cuero de más de una pulgada y cuarto (1 ¼) de diámetro.
  8. Daños causados por mal uso o abuso de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  9. Daños causados por disolventes o productos químicos que entren en contacto con las superficies interiores de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  10. Daños causados por el deterioro o decoloración del tejido o cuero de los asientos o la moqueta de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  11. Las cantidades necesarias para completar las reparaciones interiores que superen los doscientos cincuenta dólares (250 $) por visita de reparación.
  12. Cualquier reparación identificada en una visita de reparación anterior que se haya dejado sin reparar.
  13. Sustitución de asientos o alfombras en caso de que no puedan limpiarse y/o repararse.
  14. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  15. Sustitución de cualquier pieza.
  16. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
  17. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
  18. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

F. PRESTACIONES DE FIN DE CONTRATO:

En caso de que TU VEHÍCULO CUBIERTO esté financiado a través de un contrato de leasing y tengas que hacer frente a ciertos gastos finales de leasing debidos al desgaste normal, TE reembolsaremos hasta mil quinientos dólares (1.500 $) por estos gastos (excepto donde lo prohíba la ley). Los gastos cubiertos por esta prestación se limitan a golpes exteriores, abolladuras, arañazos reparables, cristales astillados o agrietados, daños en tejidos interiores, moquetas (quedan excluidas las alfombrillas), asientos, plásticos del salpicadero y la consola, cuero, tela y vinilo, incluidos, entre otros, rasgaduras, quemaduras, roturas, grietas, arañazos o pinchazos, manchas, prestaciones estéticas en llantas para eliminar rozaduras, arañazos, marcas de bordillo, mellas, pintura o repintado de llantas de aleación o llantas dobladas. Las prestaciones por finalización de contrato están disponibles desde noventa (90) días antes hasta noventa (90) días después de la fecha de finalización de TU contrato. Todas las reclamaciones en virtud de esta prestación deben presentarse dentro de este plazo. Copias de TU liquidación final de entrega del alquiler con: (1) todos los cargos aplicables de tu arrendador; (2) copias de los recibos que demuestren el pago de estos cargos por TU parte al arrendador; y (3) una copia de los documentos finales de finalización del arrendamiento que muestren la fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue devuelto al arrendador son necesarios para el reembolso. NOSOTROS nos reservamos el derecho a solicitar la documentación adicional que sea necesaria para verificar todos los gastos incurridos. RECOMENDACIÓN – TE RECOMENDAMOS que realices una inspección de entrega del vehículo en tu CONCESIONARIO VENDEDOR antes de la finalización de TU contrato de alquiler. Las reparaciones previas a la finalización del contrato pueden reducir en gran medida los gastos de finalización de TU contrato. Consulta la Sección VI. «Cómo presentar una reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de PRESTACIONES DE FIN DE ARRENDAMIENTO para:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
  3. Cualquier acabado, tejido, cuero o vinilo que no esté dañado.
  4. Daños causados por mal uso o abuso de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  5. Cuotas por exceso de kilometraje, cuotas de sustitución de neumáticos, cuotas de enajenación / disposición del arrendamiento, falta de equipamiento en TU VEHÍCULO CUBIERTO, impago de pagos o impuestos impagados.
  6. Cualquier tasa de inspección o transporte que se cobre en virtud de TU contrato de alquiler.
  7. Cualquier reparación que estaría cubierta por la póliza de seguro principal de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
  8. Cualquier gasto de fin de arrendamiento que supere los mil quinientos dólares (1.500 $).
  9. Cualquier gasto de finalización del contrato en el que se haya incurrido más de noventa (90) días antes o más de noventa (90) días después de TU fecha de finalización del contrato.
  10. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
  11. Las llantas cromadas y las llantas de aleación con simulación de cromado quedan excluidas de la cobertura de este CONTRATO.
  12. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
  13. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
  14. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.
  15. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.

G. GASTOS DE INTERRUPCIÓN DEL VIAJE:

TE reembolsaremos hasta ciento cincuenta dólares (150 $) por día durante un máximo de tres (3) días en concepto de gastos de comidas (sólo restaurantes) y alojamiento (sólo hotel / motel) (excepto donde lo prohíba la ley) por suceso en que incurras si:

  1. NO PUEDES UTILIZAR EL VEHÍCULO CUBIERTO debido a una avería mecánica inesperada o a la reparación de un neumático o rueda;
  2. TU te encuentres a más de cien (100) kilómetros de tu domicilio; y
  3. La comida y el alojamiento son necesarios porque la avería mecánica inesperada o la reparación de neumáticos/ruedas provoca un retraso en el trayecto. La fecha de la avería mecánica inesperada o de la reparación de neumáticos o ruedas se considerará el primer día del periodo máximo de tres (3) días. El gasto debe producirse entre el momento de la avería mecánica inesperada o de la reparación de neumáticos o ruedas y el momento en que finalicen las reparaciones, o al final del tercer día natural posterior a la avería mecánica inesperada o a la reparación de neumáticos o ruedas si las reparaciones no han finalizado, lo que ocurra primero.

Si incurres en Gastos de Interrupción de Viaje como consecuencia de una avería mecánica inesperada , deberás presentar al ADMINISTRADOR una prueba de la avería mecánica inesperada y la ubicación del centro de reparación.

Consulta la Sección VI. «Cómo presentar una reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

H ASISTENCIA EN CARRETERA:

  1. La Asistencia en Carretera de Emergencia está disponible veinticuatro (24) horas al día, todos los días del año en todo Canadá y Estados Unidos. La cobertura de Asistencia en Carretera está pensada únicamente para emergencias. TU cobertura comienza en la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO y finaliza al vencimiento o cancelación de TU CONTRATO. sólo tendrás que pagar los gastos de asistencia en carretera no cubiertos o los costes cubiertos que superen TU máximo de cien dólares (100 $) por incidente, como se indica a continuación. No tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto. El servicio debe ser una prestación cubierta según los términos y condiciones de este CONTRATO y sólo está disponible para el VEHÍCULO CUBIERTO específico registrado como parte de este CONTRATO. Las Prestaciones de Asistencia de Emergencia en Carretera no están disponibles en VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL.

Todas las prestaciones de asistencia en carretera son administradas por Xtended Auto Roadside Assistance, 1-866-538-5257.

En el caso de que no se pueda obtener el servicio a través de Xtended Auto Roadside Assistance, recibirás un número de autorización para recibir un reembolso de los pagos realizados de acuerdo con TU beneficio del programa y los límites de cobertura de los servicios recibidos de forma independiente. debes contactar primero con Xtended Auto Roadside Assistance para obtener autorización para obtener servicios independientes.

Todos los servicios prestados se describen en este documento y son aplicables en todo Canadá y Estados Unidos.

Llama al número gratuito 1-866-538-5257 y se enviará un vehículo de servicio a TU asistencia. Importante: permanece junto a TU VEHÍCULO CUBIERTO cuando llegue el proveedor de servicios, ya que no pueden prestar servicio a un vehículo desatendido. NOTA: LA ASISTENCIA OBTENIDA A TRAVÉS DE CUALQUIER OTRA FUENTE QUE NO SEA LA ASISTENCIA EN CARRETERA DE XTENDED AUTO NO ESTÁ CUBIERTA Y NO ES REEMBOLSABLE.

Se proporcionará Asistencia en Carretera de Emergencia Gratuita 24 Horas al VEHÍCULO CUBIERTO para las siguientes EMERGENCIAS CUBIERTAS hasta el límite de cien dólares (100 $) por incidente:

Asistencia de grúaCuando sea necesaria una grúa, el VEHÍCULO CUBIERTO será remolcado hasta el centro de servicio autorizado más cercano o hasta cualquier lugar solicitado por el cliente cubierto hasta el límite de cien dólares (100 $) por incidente.

Asistencia en caso de pinchazo: el servicio consiste en la retirada del neumático pinchado y su sustitución por el neumático de repuesto situado dentro del VEHÍCULO CUBIERTO. Se proporcionará asistencia de remolque si es necesario.

Servicio de entrega de combustible, aceite, líquido y agua: se entregará un suministro de emergencia de combustible, aceite, líquido y agua si el VEHÍCULO CUBIERTO tiene una necesidad inmediata. debes pagar el combustible u otro fluido cuando se entregue;

Asistencia en caso de bloqueoSi TUS LLAVES se quedan bloqueadas dentro del VEHÍCULO CUBIERTO, se prestará asistencia para facilitar la entrada en el VEHÍCULO CUBIERTO.

Asistencia con la batería – Si se produce un fallo en la batería, se proporcionará un puente de arranque para arrancar TU VEHÍCULO CUBIERTO.

Para cualquier cantidad que supere el límite de cien dólares (100 $) del programa, será TU responsabilidad pagar directamente al proveedor del servicio los cargos adicionales. La cobertura se extiende a cualquier conductor del VEHÍCULO CUBIERTO.

EXCLUSIONES:

Este CONTRATO no proporciona cobertura de ASISTENCIA EN CARRETERA para:

  1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
  2. Cualquier servicio cubierto por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
  3. Cualquier reclamación realizada sobre un CONTRATO cuyo pago no se haya recibido, o por servicios no realizados, no autorizados o no descritos en el momento de la autorización.
  4. Cualquier coste cuando cualquier información material facilitada a Xtended Auto Roadside Assistance no pueda verificarse como exacta o resulte ser engañosa.
  5. Emergencias derivadas del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
  6. Coste de piezas, llaves de repuesto, fluidos, lubricantes, o coste de combustible, material, mano de obra adicional relacionada con el remolque, o el coste de instalación de los productos.
  7. Remolque no urgente u otro servicio no urgente.
  8. Montaje o desmontaje no urgente de neumáticos de nieve o cadenas.
  9. Retira la nieve de alrededor de un vehículo.
  10. Reparación de neumáticos.
  11. Extricación o cabestrante.
  12. Motocicletas, camiones de más de tonelada y media (1 ½) de capacidad, vehículos antiguos (es decir, vehículos de más de veinte (20) años o que lleven diez (10) años o más sin fabricarse), taxis, limusinas u otros vehículos comerciales.
  13. Vehículos recreativos (RV), remolques de acampada, remolques de viaje o cualquier vehículo remolcado.
  14. Todos y cada uno de los peajes o multas.
  15. Cualquier tasa como gastos de envío y recargos, suministros de taller, salvo que se autorice específicamente en este CONTRATO.
  16. Daños o inutilizaciones debidos a causas externas como accidentes, robos, actos malintencionados, vandalismo, guerras, disturbios, actos de terrorismo, conmoción civil, explosiones y/o actos de la naturaleza, incluidos, entre otros, incendios, agua, tornados o terremotos.
  17. Remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.
  18. Remolque no efectuado por una empresa de remolque, estación de servicio o garaje autorizados; gastos de almacenamiento del vehículo; un segundo remolque.
  19. Servicio en un VEHÍCULO CUBIERTO que no esté en condiciones seguras para ser remolcado o servicios que puedan provocar daños al VEHÍCULO CUBIERTO si es remolcado o reparado.
  20. Remolque o servicio en carreteras no mantenidas regularmente, como playas de arena, campos abiertos, bosques y zonas designadas como no transitables debido a la construcción, etc.
  21. No se realizará ningún remolque ni ningún otro servicio cuando el VEHÍCULO CUBIERTO se encuentre en un estado o lugar inseguro.
  22. Remolque por orden de un agente de la autoridad en relación con obstrucción del tráfico, incautación, abandono, estacionamiento ilegal u otras infracciones de la ley.
  23. Repetidas llamadas de servicio para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios.
  24. Servicios recibidos independientemente de Xtended Auto Roadside Assistance sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
  25. Sólo se aceptará una incapacidad por el mismo tipo de servicio durante un periodo de siete días.

ESTO NO ES UN SERVICIO DE REEMBOLSO DE ASISTENCIA EN CARRETERA: El beneficio de Asistencia de Emergencia en Carretera no está destinado a proporcionar el reembolso de servicios asegurados independientemente de este programa. Los honorarios por servicios prestados de forma independiente NO están cubiertos sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance. En caso de que Xtended Auto Asistencia en Carretera no pueda prestar el servicio de asistencia en carretera solicitado, serás autorizado por Xtended Auto Asistencia en Carretera a obtener el servicio de otro proveedor de servicios. En este caso, y tras TU solicitud por escrito, se te reembolsarán los pagos realizados por los servicios cubiertos autorizados hasta los límites de prestaciones especificados. En caso contrario, no se reembolsará el servicio obtenido a través de cualquier otra fuente que no sea Xtended Auto Roadside Assistance.

RECARGOS OBLIGATORIOS:

CONTRATO POST-VENTA: La cobertura para VEHÍCULOS usados sólo está disponible en el momento de la entrega, a menos que se seleccione el recargo por Contrato Post-Venta en el apartado «Recargos obligatorios» de la página de Registro de este CONTRATO. Para los CONTRATOS POST-VENTA, no se tendrán en cuenta las reclamaciones durante los primeros treinta (30) días desde la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO.

IV. DISPOSICIONES GENERALES

LÍMITES TERRITORIALES: Este CONTRATO cubrirá el VEHÍCULO únicamente cuando se encuentre en Canadá o Estados Unidos.

DAÑOS CONSECUENTES: El ADMINISTRADOR no se hace responsable de ninguna tergiversación verbal, ni de daños incidentales o consecuentes distintos de la cobertura y las exclusiones contenidas en el presente documento. Este CONTRATO se aplica únicamente a las piezas y la mano de obra de los elementos identificados, y no contempla daños corporales, daños materiales, responsabilidad civil ni ningún otro tipo de cobertura de responsabilidad.

MODIFICACIONES: No se podrán realizar cambios en este CONTRATO a menos que NOSOTROS lo aprobemos por escrito. Ninguno de NUESTROS representantes tiene autoridad para cambiar o renunciar a ninguna disposición de este CONTRATO.

DECLARACIONES: Mediante la aceptación de este CONTRATO, aceptas que las declaraciones en este CONTRATO hechas por son TUS declaraciones y acuerdos y que este CONTRATO se emite confiando en la veracidad de dichas declaraciones.

CONFORMIDAD CON LAS LEYES: Este CONTRATO se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la Provincia en la que se redacta este CONTRATO y cualquier disputa o litigio por cualquiera de las partes que surja de los términos del CONTRATO se iniciará en un tribunal de la jurisdicción competente en dicha provincia.

ACUERDO COMPLETO: Este CONTRATO es el acuerdo completo entre y NOSOTROS y no hay garantías, representaciones o acuerdos que no estén expresamente establecidos aquí.

RETRASOS: Este CONTRATO no garantiza los días o la hora de servicio. NOSOTROS no somos responsables de ningún daño derivado de retrasos, ya sea antes o después de acordar un día u hora de servicio.

TRANSFERENCIA: Para transferir el CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO enviará su copia del CONTRATO y una copia de la factura de venta o recibo, los datos del nuevo propietario y la cuota de transferencia de cincuenta dólares (50 $) al ADMINISTRADOR en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de transferencia. Puede exigirse una prueba de mantenimiento. No está permitida la transferencia del CONTRATO del TITULAR DEL CONTRATO a ninguna de las siguientes personas (o similares de las siguientes):

  1. Ventas en consignación;
  2. Concesionarios; o
  3. Agencias de alquiler.

OTRAS COBERTURAS: Este CONTRATO proporciona cobertura sólo en exceso de otros contratos de servicio aplicables y válidos (incluidas garantías y pólizas de seguro) que el TITULAR DEL CONTRATO tenga, o sobre los que el TITULAR DEL CONTRATO pueda recuperar de terceros.

V. CANCELACIÓN

Todos los cheques de reembolso por cancelación se enviarán al VENDEDOR. El acreedor prendario, si lo hubiera, podrá ser mencionado en el cheque de reembolso por cancelación, según aparezcan sus intereses. Puedes cobrar TU reembolso por cancelación directamente del VENDEDOR.

A. CANCELACIÓN POR EL TITULAR DEL CONTRATO: Este CONTRATO puede ser cancelado por el TITULAR DEL CONTRATO en un plazo de treinta (30) días a partir de la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO. Puedes cancelar este CONTRATO volviendo al VENDEDOR y rellenando un Formulario de Solicitud de Cancelación. Si este CONTRATO se cancela dentro de los treinta (30) días siguientes a la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, el ADMINISTRADOR reembolsará y enviará al DISTRIBUIDOR VENDEDOR el coste pagado por este CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables. Si en cualquier momento de la vigencia del CONTRATO la UNIDAD es declarada siniestro total, este CONTRATO podrá ser cancelado por el CONTRATANTE (se requiere documentación válida). En caso de siniestro total, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

B. CANCELACIÓN POR EL ADMINISTRADOR: El ADMINISTRADOR podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento por falta de pago, por falsedad material o fraude en la obtención de este CONTRATO, si has incumplido alguno de los términos o condiciones establecidos en este CONTRATO, o por falsedad en la presentación de una reclamación. A partir de los treinta (30) días siguientes a la fecha de compra de la UNIDAD, si por cualquier motivo, la garantía original del fabricante se modifica, anula o no se transfiere a un nuevo propietario, este CONTRATO quedará anulado. Si TU CONTRATO es cancelado por NOSOTROS por cualquiera de los motivos enumerados, emitiremos un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO en función de los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO, menos una tarifa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

C. CANCELACIÓN POR EL PRENDATARIO: Si este CONTRATO ha sido financiado, el PRENDATARIO podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento durante la vigencia del mismo por falta de pago o si la UNIDAD es declarada siniestro total o es embargada (se requiere documentación válida). Si este CONTRATO es cancelado por el Tomador, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

VI. CÓMO RECLAMAR

A. DEBES utilizar todos los medios y precauciones razonables para proteger TU VEHÍCULO de daños mayores. Este CONTRATO no cubrirá los daños causados por no asegurar una reparación a tiempo del componente averiado;

B. Para obtener información sobre neumáticos y ruedas, reparación de parabrisas, reparación de abolladuras sin pintura (PDR), reparación interior o interrupción del viaje, ponte en contacto con TU DISTRIBUIDOR VENDEDOR o, si no está disponible, con el ADMINISTRADOR llamando al 1-866-481-1327 de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00, hora del Este. Para información sobre Reparación / Sustitución de Llaves, consulta la Sección D. «Procedimiento de Reclamación de Reparación / Sustitución de Llaves», para Asistencia en Carretera, consulta la Sección H. «Asistencia en Carretera». Si la reparación no está cubierta por el presente CONTRATO, los gastos derivados del desmontaje y/o diagnóstico correrán por tu cuenta;

C. Proporciona al DISTRIBUIDOR VENDEDOR o al taller de reparación una copia de TU CONTRATO;

D. Antes de comenzar las reparaciones de Neumáticos y Ruedas, Reparación de Parabrisas, Reparación de Desabolladuras sin Pintura o Reparación de Interiores, o el centro de reparación deben llamar al ADMINISTRADOR al 1-866-481-1327 para verificar la cobertura y obtener un Número de Autorización de Reclamación para las reclamaciones. El importe autorizado es el máximo que se pagará. Cualquier importe adicional necesita aprobación previa;

E. El taller de reparación y deben cooperar plenamente en la investigación de cualquier reclamación presentada en virtud de este CONTRATO;

F. En algunos casos, se te puede pedir que autorices al taller de reparación a inspeccionar o desmontar TU VEHÍCULO o LLAVE(S) para determinar la causa y el coste de la reparación. serás responsable de estos gastos si la reparación no está cubierta por este CONTRATO. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho a exigir una inspección de TU VEHÍCULO antes de realizar cualquier reparación. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho de trasladar TU VEHÍCULO cubierto a otro centro de reparación;

G. Una vez que se haya puesto en contacto con el ADMINISTRADOR, revisa con el centro de reparación lo que cubrirá este CONTRATO;

H. Cuando recojas TU VEHÍCULO o LLAVE(S), revisa la orden de reparación con el jefe de servicio;

I. Pagar el DEDUCIBLE y cualquier otro gasto no cubierto, si procede;

J. TÚ o el centro de reparación deben proporcionar al ADMINISTRADOR la orden de reparación en un plazo de noventa (90) días desde la finalización de las reparaciones autorizadas. La no presentación de la orden de reparación en el plazo de noventa (90) días puede dar lugar a la denegación total y al impago de la reclamación;

K. El ADMINISTRADOR reembolsará al taller de reparación o a TI tras la recepción de la orden de reparación, de acuerdo con las disposiciones del CONTRATO, los GASTOS DE REPARACIÓN autorizados realizados en TU VEHÍCULO, menos la franquicia aplicable;

L. Si necesitas hacer una reclamación cuando la oficina del ADMINISTRADOR está cerrada, puedes seguir estos procedimientos de reclamación sin autorización previa. Sin embargo, o el centro de reparación autorizado DEBÉIS llamar al ADMINISTRADOR durante el siguiente día laborable. Si no llamas e informas de la reclamación al siguiente día laborable, puede que no se te pague. Las reclamaciones por correo no aprobadas pueden ser denegadas. El reembolso de las reparaciones de urgencia realizadas fuera del horario laboral normal sólo puedes obtenerlo si sigues los procedimientos anteriores el primer día laborable después de que se realicen dichas reparaciones de urgencia, a menos que demuestres que no fue razonablemente posible dar aviso o presentar la prueba de siniestro dentro del plazo establecido y que el aviso se presentó tan pronto como fue razonablemente posible;

M. Si presentas una solicitud de reembolso de las Prestaciones de Fin de Arrendamiento, envía por correo: (1) una copia de este CONTRATO; (2) copias de TU acuerdo final de entrega del arrendamiento con todos los cargos aplicables de TU arrendador; (3) copias de los recibos que demuestren el pago de estos cargos por TU parte al arrendador, y; (4)una copia de los documentos finales de finalización del arrendamiento que muestren la fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue devuelto al arrendador a:

CornerStone United, Ltd.
931 Commissioners Road E., Suite 201
London, ON N5Z 3H9;

Si ESTÁS presentando una reclamación para el reembolso de Neumáticos y Ruedas, Reparación de Parabrisas, Reparación de Desabolladuras sin Pintura, Reparación de Interiores o Gastos de Interrupción de Viaje, envía por correo una copia de este CONTRATO, el número de seguimiento de la reclamación y los recibos originales del trabajo realizado a:

CornerStone United, Ltd.
931 Commissioners Road E., Suite 201
London, ON N5Z 3H9;

VII. NUESTRO DERECHO A RECUPERAR EL PAGO

Si NOSOTROS realizamos cualquier pago en virtud de este CONTRATO, aceptas que NOSOTROS tenemos todos los derechos de recuperación de esos pagos contra cualquier persona, debido a, pero no limitado a, una campaña de retirada de seguridad, cualquier reparación requerida por cualquier tribunal, agencia reguladora, decreto o acuerdo. no harás nada que perjudique esos derechos. Si tienes derecho a recuperar contra otra parte, TUS derechos se convierten en NUESTROS derechos. harás todo lo necesario para que NOSOTROS podamos hacer valer estos derechos. Si NOSOTROS pagamos las reparaciones en virtud de este CONTRATO y también eres reembolsado por las mismas reparaciones por otra persona, TU pago pasará a ser de NUESTRA propiedad hasta el importe que NOSOTROS hayamos pagado por las reparaciones.

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OPCIÓN

Para las prestaciones de ASISTENCIA EN CARRETERA y
REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES, llama a
1-866-538-5257

OPCIONES DE COBERTURA
(Marca todas las que procedan)

Neumáticos y ruedas (Marca sólo una opción de neumáticos y ruedas)

Selecciona

Reparación de parabrisas

Reparación de abolladuras sin pintura

Reparación / Sustitución de llaves

Asistencia en carretera

PLAZO DE LA COBERTURA
Si no se marca ninguna casilla, se aplicarán 12 Meses.

*Elegible sólo para Vehículos con menos de 40.000 kilómetros en el momento de la venta.

RECARGOS OBLIGATORIOS

Contrato postventa

PRECIO DE COMPRA DEL VEHÍCULO
(antes de impuestos)

DEDUCIBLE

RECONOCIMIENTO Y FIRMAS

Al firmar esta Página de Registro, TÚ reconoces que este CONTRATO no es necesario para obtener financiación para TU VEHÍCULO y que tu aceptación bajo este CONTRATO es voluntaria, reconoces que has leído y entendido los términos y condiciones de este CONTRATO, incluyendo las exclusiones y limitaciones contenidas en el mismo, reconoces haber recibido una copia de este CONTRATO, y TÚ reconoces que, si se adquiere la cobertura de Reparación / Sustitución de Llaves, TÚ has recibido al menos (2) juegos de LLAVE(S) y/o transpondedores (en su caso) que funcionen correctamente para el VEHÍCULO CUBIERTO en la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. Una llave de aparcacoches no se considera una LLAVE.

FIRMA DEL TITULAR DEL CONTRATO

Por la presente certifico que he leído y comprendo los términos y condiciones de este CONTRATO, incluidas las exclusiones y limitaciones que contiene. También confirmo que he recibido una copia de este CONTRATO en su totalidad. NOTA: Este documento consta de seis (6) páginas.

FIRMA DEL VENDEDOR

Como representante autorizado del CONCESIONARIO VENDEDOR, certifico que el VEHÍCULO reúne los requisitos para ser cubierto por el presente CONTRATO y que dicho VEHÍCULO cumple todos los requisitos facilitados por el ADMINISTRADOR al CONCESIONARIO VENDEDOR.

CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO

Cuando esta solicitud está debidamente cumplimentada, archivada y registrada en el ADMINISTRADOR, se convierte en un CONTRATO. Este CONTRATO es entre el TITULAR DEL CONTRATO y NOSOTROS. Este CONTRATO protege al TITULAR DEL CONTRATO en caso de una REPARACIÓN CUBIERTA del VEHÍCULO. En consideración al pago del cargo del CONTRATO al ADMINISTRADOR, y confiando en las declaraciones y selecciones hechas por el TITULAR DEL CONTRATO y el DISTRIBUIDOR VENDEDOR en este CONTRATO y sujeto a los siguientes Términos, Condiciones, Exclusiones y Limitaciones de este CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO tiene derecho a las siguientes coberturas y beneficios. LA ADQUISICIÓN DE ESTE CONTRATO NO ES UN FACTOR NI UN REQUISITO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITO. La adquisición de este CONTRATO es opcional.

I. DEFINICIONES

ADMINISTRADOR: CornerStone United, Ltd., 931 Commissioners Road E., Suite 201, London, ON N5Z 3H9, 1-866-481-1327.

VEHÍCULO DE USO PROFESIONAL: Vehículos de propiedad privada o de una empresa que son utilizados por un conductor principal con el fin de realizar, entre otros, trabajos de ruta/ventas sin entrega y trabajos de ruta ligeros. Ejemplos de uso empresarial son los vehículos utilizados para reparto de pizzas y flores, agentes inmobiliarios y representantes de ventas. Los vehículos utilizados para uso empresarial pueden optar a la cobertura de este CONTRATO.

VEHÍCULO DE USO COMERCIAL: Vehículos utilizados en cualquier otro tipo de uso comercial no descrito anteriormente en VEHÍCULO DE USO COMERCIAL, incluidos, entre otros, los vehículos de flotas y de conductores múltiples, los vehículos utilizados para libreas, trabajos de servicio y reparación, trabajos comerciales, negocios móviles, reparto de rutas, vehículos utilizados para compartir viajes y vehículos utilizados para tirar de remolques comerciales. Ejemplos de VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL son los vehículos utilizados para taxis, lanzaderas, cuidado del césped, inspectores de viviendas, reparto de correo y paquetes, lavado de perros, reparto de electrodomésticos, contratistas y oficios. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no están cubiertos por este CONTRATO.

CONTRATO: El presente Contrato de Servicio del Vehículo, una vez aceptado por el ADMINISTRADOR.

FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO : La fecha en que este CONTRATO fue adquirido por TI para el VEHÍCULO CUBIERTO.

OPCIONES DE COBERTURA: La cobertura o coberturas opcionales que hayas seleccionado tal y como se indica en la Página de Inscripción de este CONTRATO. Sólo se aplican las prestaciones indicadas a continuación en la Sección II. «Opciones de Cobertura» que correspondan a las OPCIONES DE COBERTURA que hayas seleccionado:

EMERGENCIA CUBIERTA: Suceso en el que el VEHÍCULO CUBIERTO no puede circular con seguridad por sus propios medios debido a una inutilización por circunstancias imprevistas e inevitables. No obstante, y en lo que se refiere a las prestaciones y servicios del ADMINISTRADOR en los términos y condiciones de este CONTRATO, no se consideran EMERGENCIAS CUBIERTAS las siguientes Daños o inutilización debidos a accidente, colisión, inundación, incendio o vandalismo; emergencias derivadas del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes o del uso del VEHÍCULO CUB IERTO en la comisión de un acto ilegal; llamadas de servicio repetidas para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios; y, remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.

PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA: La (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUBIERTO que se ha(n) perdido, dañado y no funciona(n). La ausencia de LLAVE(S ) DEL VEHÍCULO CUB IERTO en el momento de la entrega original del VEHÍCULO CUBIERTO a TI no constituye una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA.

REPARACIÓN CUBIERTA: Una reparación o servicio que cumple los requisitos para la cobertura según los términos y condiciones de este CONTRATO.

VEHÍCULO CUBIERTO o VEHÍCULO: El vehículo descrito en la Página de Inscripción de este CONTRATO.

LLAVE(S) ELEGIBLE(S): Significa aquella(s) otra(s) llave(s) de tu propiedad contenida ( s) en TU llavero que contenga(n) la (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA (incluyendo, por ejemplo, llaves de coches, camiones, barcos, remolques, vehículos recreativos y objetos personales como cajas de joyas, cajas fuertes, etc.).

LLAVE(S): Se refiere a un máximo de dos (2) llaves maestras y/o transpondedores (si procede) que funcionen correctamente y que se te hayan proporcionado para el VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de la entrega original del VEHÍCULO CUB IERTO. No se consideran LLAVES las llaves de aparcacoches ni los dispositivos de posventa (por ejemplo, arrancadores a distancia) del VEHÍCULO CUB IERTO .

REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA o PDR: El proceso utilizado para eliminar pequeñas abolladuras y abolladuras menores (hasta cuatro pulgadas de diámetro) de las superficies pintadas de TU VEHÍCULO CUBIERTO sin dañar el acabado de fábrica del VEHÍCULO CUBIERTO, sujeto a las limitaciones y exclusiones establecidas en este CONTRATO.

CONTRATO POST-VENTA: Un contrato de vehículo usado en el que la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO es posterior a la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. Este CONTRATO no cubre ningún VEHÍCULO usado si la fecha en la que TÚ compraste el CONTRATO y la fecha en la que TÚ compraste TU VEHÍCULO son diferentes, a menos que la casilla Contrato Postventa esté marcada en «Recargos Obligatorios» en la página de Registro de este CONTRATO.

PELIGRO EN LA CARRETERA: Objetos y condiciones de la carretera como baches, piedras, restos de madera, piezas metálicas, clavos, cristales, restos de plástico o materiales compuestos o cualquier elemento que cause daños en los neumáticos y/o ruedas que no sean desgaste y aquellas condiciones excluidas en la sección titulada «Exclusiones».

CONCESIONARIO VENDEDOR: El Concesionario de Automóviles identificado en la Página de Registro de este CONTRATO.

PLAZO DE COBERTURA: El tiempo en meses que el VEHÍCULO CUBIERTO está cubierto por este CONTRATO, según se indica en el apartado PLAZO DE CO BERTURA de la Página de Inscripción de este CONTRATO. La duración del PLAZO DE COBERTURA del CONTRATO en meses comienza en la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO. Este CONTRATO expira cuando se alcanza el PLAZO DE COBERTURA en meses.

NO REPARABLE: Situación en la que la rueda es incapaz de sellarse con el neumático, lo que provoca una pérdida de aire y no es reparable o se ha puesto en peligro la integridad estructural de la rueda.

FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO: La fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue comprado por TI.

GARANTÍA: Cualquier GARANTÍA del fabricante o cualquier otra GARANTÍA.

NOSOTROS, NOS y NUESTRO: CornerStone United, Ltd.

TÚ, TU, TUYO y TITULAR DEL CONTRATO: La(s) persona(s) que figura(n) en la Página de Inscripción como adquirente(s) de este CONTRATO.

II. OPCIONES DE COBERTURA

A. NEUMÁTICOS Y RUEDAS:

Durante la DURACIÓN DE LA COBERTURA de este CONTRATO, tienes derecho a las siguientes prestaciones en función de la OPCIÓN DE COBERTURA que hayas contratado, tal y como se indica en la Página de Inscripción de este CONTRATO:

    PLAN SELECCIONADO: En caso de que un neumático y/o rueda de TU VEHÍCULO CUBIERTO resulten dañados debido a un PELIGRO EN LA CARRETERA, PAGAREMOS a un taller de reparación o, a NUESTRA elección, TE reembolsaremos lo siguiente:

    Reparación de neumáticos : pagaremos los gastos ocasionados por la reparación de los neumáticos pinchados.

    Sustitución de neumáticos: pagaremos un neumático de sustitución en caso de que el neumático no pueda repararse debido a roturas por impacto, enganches, pinchazos u otros PELIGROS DE LA CARRETERA. NOSOTROS pagaremos el coste de un neumático de sustitución del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado y nuevo vástago de válvula) al precio medio de venta al público regional. Las sustituciones se limitan a los neumáticos originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

    Reparación de la rueda – PAGAREMOS los gastos ocasionados por la reparación de la(s) rueda(s).

    Sustitución de la rueda: NOSOTROS pagaremos una rueda de sustitución en caso de que la rueda quede inservible debido a daños causados por un PELIGRO EN LA CARRETERA. NOSOTROS pagaremos el coste de una rueda de repuesto del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado y nuevo vástago de válvula) a la tarifa minorista regional media. Las sustituciones se limitan a las ruedas originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

    Remolque – TE reembolsaremos los gastos de remolque necesarios por daños causados por un PELIGRO DE CARRETERA cubierto hasta cien dólares (100 $).

    Coche de alquiler : TE reembolsaremos los gastos de alquiler de coche hasta cincuenta dólares (50 €) por día durante un máximo de dos (2) días si la(s) reparación(es) de TU (s) neumático(s) y/o rueda(s) requiere ( n) ocho (8) horas o más de mano de obra, si requerimos una inspección del VEHÍCULO CUBIERTO o si la(s) reparación(es) requiere(n) el envío de la(s) rueda(s) dañada(s).

    PLAN ULTIMO: Incluye toda la cobertura del Plan Select más lo siguiente:

    Daños en el bordillo – El PELIGRO EN CARRETERA se amplía para incluir los daños en un neumático o rueda debidos al impacto con un bordillo.

    Daños estéticos: se cubren las llantas de aleación o acero en las que el estado normal de la(s) llanta(s) se vea alterado con respecto a su aspecto normal. La cobertura se limita a las superficies cepilladas o pintadas. Utilizaremos NUESTRA red de reparaciones y determinaremos el mejor proceso de reparación para el Daño Estético. Las reparaciones pueden consistir en una reparación cosmética, enderezamiento o refabricación. Las ruedas se repararán siempre que sea posible. Las ruedas que no se puedan reparar se sustituirán SÓLO SI LA RUEDA NO SE PUEDE REPARAR. Las sustituciones se limitan a la(s) rueda(s) original(es) del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

    Consulta la Sección VI. «Cómo presentar una reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

    EXCLUSIONES:

    Este CONTRATO no proporciona cobertura de NEUMÁTICOS Y RUEDAS para:

    1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
    2. Reparación o sustitución cubierta por el fabricante u otra GARANTÍA o cobertura de seguro principal del TITULAR DEL CONTRATO.
    3. Reparaciones o sustituciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación o sustitución.
    4. Neumáticos a los que les quede una profundidad de banda de rodadura de tres treinta segundos de pulgada (3/32″) o menos.
    5. Reparación o sustitución que exceda la especificación del vehículo del fabricante, o cuando el fabricante, mediante anuncio público o llamada a revisión, establezca sus responsabilidades de sustitución por cualquier defecto del fabricante.
    6. Daños causados por negligencia, abuso, uso indebido, colisión, defectos del fabricante, fugas en válvulas o llantas, instalación incorrecta, pudrición seca en flancos o banda de rodadura, cadenas de neumáticos, uso en carreras o fuera de carretera, vandalismo, daños malintencionados, daños en cadenas, incendio o robo.
    7. Vehículos todoterreno, vehículos recreativos, vehículos con neumáticos recauchutados, vehículos con neumáticos y/o ruedas todoterreno, o vehículos de más de una (1) tonelada.
    8. Ruedas o neumáticos personalizados.
    9. Los fallos que se produzcan por operar en cualquier superficie que no sean carreteras o autopistas pavimentadas federales, provinciales, de condado, de ciudad o de municipio.
    10. LosVEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
    11. Cualquier VEHÍCULO CUBIERTO que se utilice para carreras u otras competiciones, alquileres, préstamos de concesionarios, limusinas, taxis, coches de policía u otros vehículos de emergencia.
    12. Vehículos matriculados y/o utilizados normalmente fuera de Canadá o Estados Unidos.
    13. Neumáticos y/o ruedas que no cumplan las recomendaciones de los fabricantes específicas para TU VEHÍCULO CUBIERTO.
    14. Pérdidas o daños causados por el mal uso ocasionado por circular con neumáticos inflados en exceso, inflados insuficientemente o desinflados.
    15. Las llantas cromadas y las llantas de aleación con simulación de cromado quedan excluidas de la cobertura de Daños Estéticos de este CONTRATO.
    16. Ruedas que no sellan debido al óxido y la corrosión.
    17. Cualquier pérdida o daño consecuencial de cualquier tipo, incluyendo pérdidas, daños o lesiones a personas o bienes resultantes del fallo de cualquier pieza de TU VEHÍCULO CUBIERTO, cuya sustitución esté cubierta en los términos y condiciones de este CONTRATO.
    18. Si sigues conduciendo con un neumático desinflado que supera los requisitos indicados en el manual del propietario específico de TU VEHÍCULO CUBIERTO.

    B. REPARACIÓN DE PARABRISAS:

    1. TE reembolsaremos la reparación de las grietas, estrellas o desconchones del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO de hasta una pulgada y media (1.5) pulgadas de diámetro cuando esté: (1) dañado por rocas propulsadas y/u otros residuos que supongan un PELIGRO EN LA CARRETERA, como restos de madera, piezas metálicas, trozos de plástico o compuestos, o cualquier otro objeto propulsado mientras se conduce el VEHÍCULO CUBIERTO; o (2) causado por la tensión en el parabrisas debido a baches en las autopistas, calles o carreteras. Las reparaciones de grietas, estrellas o desconchones en la superficie del parabrisas delantero que se determinen reparables se realizarán utilizando el proceso de reparación de parabrisas existente, sujeto a las siguientes limitaciones y exclusiones contenidas en este CONTRATO. La mayoría de las grietas, astillas o desconchones menores del parabrisas delantero pueden repararse y, en la mayoría de los casos, no se notará una reparación completa. Los daños causados por colisión no están cubiertos por este CONTRATO. Un técnico de reparación de parabrisas examinará la zona dañada antes de realizar la reparación del parabrisas para determinar si las grietas, estrellas o desconchones pueden repararse. Si el técnico de reparación del parabrisas y el ADMINISTRADOR determinan que el parabrisas no puede repararse, TE reembolsaremos los gastos ocasionados por la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO (excepto donde lo prohíba la ley) hasta un máximo de quinientos dólares (500 $) por incidencia. Se requiere documentación de gastos válidos para la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO. Consulta la Sección VI. «Cómo Presentar una Reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

    Este CONTRATO puede proporcionar una duplicación de la cobertura ya proporcionada por TUpóliza de seguro de daños físicos del automóvil .

    EXCLUSIONES:

    Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN DEL PARABRISAS para:

    1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
    2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
    3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
    4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
    5. Daños en cualquier luna que no sea el parabrisas delantero del VEHÍCULOCUBIERTO.
    6. Cualquier cantidad superior a quinientos dólares (500 $) en que se incurra por la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO que el técnico examinador considere no reparable.
    7. Sustitución de cualquier pieza que no sea el parabrisas.
    8. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños causados por o relacionados con animales (incluidos los animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, granizo, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
    9. LosVEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
    10. Daños a TU VEHÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
    11. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

    C. REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA:

    1. En caso de que sufras pequeñas abolladuras y/o golpes en los paneles metálicos pintados de TU VEHÍCULO CUBIERTO, TE reembolsaremos la reparación de pequeñas abolladuras y/o golpes de hasta cuatro (4) pulgadas de longitud que puedan repararse con el proceso de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA(PDR). No todas las abolladuras y golpes pueden repararse con el proceso PDR. Las abolladuras más grandes, las abolladuras con pliegues, las abolladuras que no son accesibles con las herramientas PDR y las que requieren repintado no están cubiertas. En caso de que las abolladuras / golpes de TU VEHÍCULO CUBIERTO sean causados por daños por granizo, TE reembolsaremos (excepto donde lo prohíba la ley), hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares (250 $) por incidente, incurridos por la reparación de los daños por granizo de TU VEHÍCULO CUBIERTO. Se requiere documentación de gastos válidos para la reparación de daños por granizo en TU VEHÍCULO CUBIERTO. Consulta la Sección VI. «Cómo Presentar una Reclamación» para más información sobre cómo presentar una reclamación.

    EXCLUSIONES:

    Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA para:

    1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
    2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
    3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
    4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
    5. Las abolladuras de tamaño demasiado grande (más de cuatro (4) pulgadas de diámetro) se considerarán no reparables mediante el proceso PDR.
    6. Abolladuras y golpes en paneles horizontales, pliegues de la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO, abolladuras en líneas o curvas de la carrocería o abolladuras en el borde de un panel de la carrocería.
    7. Abolladuras, golpes o pliegues que puedan dañar la carrocería o el acabado de la pintura si se utiliza el proceso PDR.
    8. Abolladuras o golpes que no puedan repararse completamente mediante el proceso PDR.
    9. Abolladuras o golpes que requieran el uso de masilla, lijado, pegado, imprimación o pintura.
    10. Abolladuras o golpes cuyo acceso esté restringido debido a refuerzos instalados por el fabricante, paneles metálicos dobles, instalaciones posventa u otras limitaciones de acceso.
    11. Abolladuras profundas que estiran demasiado el metal y no le permiten recuperar su forma original.
    12. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
    13. Partes cromadas o sin pintar del VEHÍCULO CUBIERTO, cristal, plástico u otras secciones exteriores no metálicas de la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO o unidas a la carrocería del VEHÍCULO CUBIERTO.
    14. Cualquier daño en el interior del VEHÍCULO CUBIERTO o en los bajos del VEHÍCULO CUBIERTO.
    15. Daños medioambientales, incluidos, entre otros, el óxido, la corrosión y los daños causados por productos químicos.
    16. Sustitución de cualquier pieza.
    17. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños estéticos (incluidos, entre otros, arañazos, deterioro de la pintura, desconchones, grietas u otros daños en la pintura de la superficie del VEHÍCULO CUBIERTO, mellas, desgaste normal), daños causados por o relacionados con animales (incluidos animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios / conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
    18. Daños a TU VEHÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
    19. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

    D. REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES:

    1. En caso de que TU(S) LLAVE(S) se pierda(n) o resulte(n) dañada(s) y no funcione(n), Xtended Auto Asistencia en Carretera te reembolsará hasta mil dólares (1.000 $) por incidente por la reparación o, si no se puede reparar, la sustitución de TU(S) LLAVE(S) y/o transpondedor. Las sustituciones serán de llaves y/o transpondedores del fabricante del equipo original (OEM) o del mismo tipo y calidad. Se cubrirá la reparación o sustitución razonable de los insertos de la llave, la carga metálica de la llave, la carcasa de la llave, la carcasa / transmisor remoto, la sustitución del Bluetooth y cualquier gasto relacionado con la programación del vehículo. La cobertura está limitada a un total de una (1) reclamación durante cualquier periodo de doce (12) meses durante la DURACIÓN DE LA COBERTURA. No se proporcionará cobertura para aumentar el número de LLAVE(S) y/o transpondedores del VEHÍCULO CUBIERTO. no tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto.

    Prestaciones por Pérdida de Llaves Adicionales: En caso de que se pierdan llaves adicionales junto con una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA, Xtended Auto Roadside Assistance te reembolsará hasta cien dólares ($100) por incidente para reemplazar LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Xtended Auto Roadside Assistance debe recibir recibos válidos en un plazo de noventa (90) días a partir de la PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA inicial.

    EXCLUSIONES:

    Este CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES para:

    1. Cualquier reparación o sustitución realizada sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
    2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el/los fabricante(s) de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) a sustituir.
    3. Reparación o daños a la vivienda, VEHÍCULO CUBIERTO u otros bienes.
    4. No se dará cobertura en caso de emergencias derivadas del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
    5. Cualquier daño o pérdida, ya sea consecuente, directo o de otro tipo, resultante del fallo o pérdida de una (S) LLAVE(S) de sustitución programada(s).
    6. Cualquier daño o falta de funcionamiento de la(s) LLAVE(S) o de la ( s ) LLAVE(S) ELEGIBLE(S) causado por el desgaste (por ejemplo, fallo de la batería / pérdida de carga, daños estéticos).
    7. Cualquier sustitución de LLAVE(S) CUANDO AL MENOS DOS (2) JUEGOS DE LLAVE(S) PARA EL VEHÍCULO CUBIERTO NO FUERON ENTREGADOS EN EL MOMENTO DE LA COMPRA DEL VEHÍCULO.
    8. Cualquier llave o dispositivo posventa (como el arranque a distancia).
    9. La pérdida o daño de llaves, mandos a distancia, transpondedores o tarjetas inteligentes distintos de los definidos como LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Esto incluye, pero no se limita a: alarma, rueda, mando / transpondedor de posventa, lo-jack, club, llave / mando de puerta de garaje, mando de seguridad doméstica, mandos / llaves de comunidades o edificios cerrados o vallados, y mandos / transpondedores / tarjetas inteligentes de vehículos que no sean el VEHÍCULO CUBIERTO.
    10. Todos los peajes y multas.
    11. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
    12. Sólo está cubierto el COSTE RAZONABLE DE REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) en los términos, condiciones y limitaciones establecidos en este CONTRATO.
    13. Si el VEHÍCULO CUBIERTO es alquilado, no se cubrirá lo siguiente: (1) la sustitución de cualquier LLAVE(S ) no contabilizada(s) durante la inspección final del arrendamiento por el DISTRIBUIDOR VENDEDOR; (2) cualquier cargo cobrado por el DISTRIBUIDOR VENDEDOR por falta de LLAVE(S) en el informe de inspección final del arrendamiento; (3) cualquier reclamación presentada después de la fecha de finalización del arrendamiento; y (4) cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante de la LLAVE a sustituir, incluidos los programas de «desgaste por uso» previstos para vehículos arrendados.
    14. Xtended Auto Roadside Assistance no garantiza en modo alguno, ni expresa ni implícitamente, ninguna LLAVE de sustitución o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) obtenida(S) por TI.

    PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES (1-866-538-5257):

    Para obtener las prestaciones de sustitución de la LLAVE DEL VEHÍCULO CUBIERTO en virtud de este CONTRATO, debes cumplir las siguientes condiciones:

    1. Todas las solicitudes de sustitución de la LLAVE deben comunicarse a Xtended Auto Roadside Assistance antes de iniciar cualquier sustitución. Llama a Asistencia en Carretera Xtended Auto llamada gratuita (1-866-538-5257) para recibir instrucciones y obtener autorización y un número de seguimiento de la reclamación antes de que comience el trabajo de sustitución de una LLAVE. NOTA: La emisión de un número de seguimiento de la reclamación no implica ni se interpretará como la aprobación de una reclamación, sino sólo como que has cumplido con TU responsabilidad de informar sobre dicha reclamación.
    2. Si te encuentras en un radio de 80 km del VENDEDOR , deberás volver allí para que te corten y programen una LLAVE de repuesto. Si estás fuera del radio de 80 kilómetros , puedes acudir a un concesionario adecuado.
    3. Todas las LLAVES DEL VEHÍCULO que no funcionen deben ponerse a disposición del concesionario para su inspección y reprogramación.
    4. El concesionario debe enviar por fax una copia firmada de la orden de reparación original al número de fax de Asistencia en Carretera Xtended Auto recibido al autorizar la sustitución para el pago final.
    5. Se pagará al concesionario tan pronto como Xtended Auto Roadside Assistance reciba del concesionario la correspondiente orden de reparación firmada. no eres responsable de ningún gasto que no supere los mil dólares (1.000 $) por incidente.
    6. Todas las LLAVES de repuesto y cualquier programación sólo están disponibles por el CONCESIONARIO VENDEDOR o un concesionario franquiciado apropiado. Asistencia en carretera Xtended Auto no corta, ordena ni programa ninguna LLAVE perdida o dañada.
    7. ADVERTENCIA: Toda persona que, a sabiendas y con intención de perjudicar, defraudar o engañar a Xtended Auto Roadside Assistance, presente una declaración de siniestro o solicitud que contenga información falsa, incompleta o engañosa será perseguida con todo el peso de la ley.

    PROCEDIMIENTO ADICIONAL DE RECLAMACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE LLAVES (1-866-538-5257):

    8. Asistencia en carretera Xtended Auto te reembolsará la sustitución de TU(S) LLAVE(S) ELEGIBLE(S), hasta cien dólares (100 $) por incidencia, una vez recibida(s) la(s) factura(s) pagada(s) por la(s) sustitución(es). Llama a Asistencia en Carretera Xtended Auto Departamento de Reclamaciones gratuito(1-866-538-5257) para obtener ayuda.

      E. ASISTENCIA EN CARRETERA

      1. La Asistencia en Carretera de Emergencia está disponible veinticuatro (24) horas al día, todos los días del año en todo Canadá y Estados Unidos. La cobertura de Asistencia en Carretera está pensada únicamente para emergencias. TU cobertura comienza en la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO y finaliza al vencimiento o cancelación de TU CONTRATO. sólo tendrás que pagar los gastos de asistencia en carretera no cubiertos o los costes cubiertos que superen TU máximo de cien dólares (100 $) por incidente, como se indica a continuación. no tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto. El servicio debe ser una prestación cubierta según los términos y condiciones de este CONTRATO y sólo está disponible para el VEHÍCULO CUBIERTO específico registrado como parte de este CONTRATO. Las Prestaciones de Asistencia de Emergencia en Carretera no están disponibles en VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL.

      Todas las prestaciones de asistencia en carretera son administradas por Xtended Auto Roadside Assistance, 1-866-538-5257.

      En caso de que no se pueda obtener el servicio a través de la Asistencia en Carretera de Xtended Auto, recibirás un número de autorización para recibir un reembolso de los pagos realizados de acuerdo con TU beneficio del programa y los límites de cobertura de los servicios recibidos de forma independiente. Primero debes ponerte en contacto con Xtended Auto Asistencia en Carretera para obtener autorización para obtener servicios independientes.

      Todos los servicios prestados se describen en este documento y son aplicables en todo Canadá y Estados Unidos.

      Llama al número gratuito 1-866-538-5257 y se enviará un vehículo de servicio a TU asistencia. Importante: permanece junto a TU VEHÍCULO CUBIERTO cuando llegue el proveedor de servicios, ya que no pueden prestar servicio a un vehículo desatendido. NOTA: LA ASISTENCIA OBTENIDA A TRAVÉS DE CUALQUIER OTRA FUENTE QUE NO SEA LA ASISTENCIA EN CARRETERA DE XTENDED AUTO NO ESTÁ CUBIERTA Y NO ES REEMBOLSABLE.

      Se proporcionará Asistencia en Carretera de Emergencia Gratuita 24 Horas al VEHÍCULO CUBIERTO para las siguientes EMERGENCIAS CUBIERTAS hasta el límite de cien dólares (100 $) por incidente:

      Asistencia de grúa – Cuando sea necesaria una grúa, el VEHÍCULO CUBIERTO será remolcado hasta el centro de servicio autorizado más cercano o hasta cualquier lugar solicitado por el cliente cubierto hasta el límite de cien dólares (100 $) por incidente.

      Asistencia en caso de pinchazo : el servicio consiste en la retirada del neumático pinchado y su sustitución por el neumático de repuesto situado dentro del VEHÍCULO CUBIERTO. Se proporcionará asistencia de remolque si es necesario.

      Servicio de entrega de combustible , aceite, líquido y agua: se entregará un suministro de emergencia de combustible, aceite, líquido y agua si el VEHÍCULO CUBIERTO tiene una necesidad inmediata. debes pagar el combustible u otro fluido cuando se entregue;

      Asistencia en caso de bloqueo – Si TUS LLAVES se quedan bloqueadas dentro del VEHÍCULO CUBIERTO, se prestará asistencia para facilitar la entrada en el VEHÍCULO CUBIERTO.

      Asistencia con la batería – Si se produce un fallo en la batería, se proporcionará un puente de arranque para arrancar TU VEHÍCULO CUBIERTO.

      Para cualquier cantidad que supere el límite de cien dólares (100 $) del programa, será TU responsabilidad pagar directamente al proveedor del servicio los cargos adicionales. La cobertura se extiende a cualquier conductor del VEHÍCULO CUBIERTO.

      EXCLUSIONES:

      Este CONTRATO no proporciona cobertura de ASISTENCIA EN CARRETERA para:

      1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier servicio cubierto por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Cualquier reclamación realizada sobre un CONTRATO cuyo pago no se haya recibido, o por servicios no realizados, no autorizados o no descritos en el momento de la autorización.
      4. Cualquier coste cuando cualquier información material facilitada a Xtended Auto Roadside Assistance no pueda ser verificada como exacta o resulte ser engañosa.
      5. Emergencias derivadas del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
      6. Coste de piezas, llaves de repuesto, fluidos, lubricantes, o coste de combustible, material, mano de obra adicional relacionada con el remolque, o el coste de instalación de los productos.
      7. Remolque no urgente u otro servicio no urgente.
      8. Montaje o desmontaje no urgente de neumáticos de nieve o cadenas.
      9. Retira la nieve de alrededor del VEHÍCULO.
      10. Reparación de neumáticos.
      11. Extricación o cabestrante.
      12. Motocicletas, camiones de más de tonelada y media (1 ½) de capacidad, vehículos antiguos (es decir, vehículos de más de veinte (20) años o que lleven diez (10) años o más sin fabricarse), taxis, limusinas u otros vehículos comerciales.
      13. Vehículos de recreo (RV), remolques de acampada, remolques de viaje o cualquier vehículo remolcado.
      14. Todos y cada uno de los peajes o multas.
      15. Cualquier tasa como gastos de envío y recargos, suministros de taller, salvo que se autorice específicamente en este CONTRATO.
      16. Daños o inutilizaciones debidos a causas externas como accidentes, robos, actos malintencionados, vandalismo, guerras, disturbios, actos de terrorismo, conmoción civil, explosiones y/o actos de la naturaleza, incluidos, entre otros, incendios, agua, tornados o terremotos.
      17. Remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.
      18. Remolque no efectuado por una empresa de remolque, estación de servicio o garaje autorizados; gastos de almacenamiento del vehículo; un segundo remolque.
      19. Servicio en un VEHÍCULO CUBIERTO que no esté en condiciones seguras para ser remolcado o servicios que puedan provocar daños al VEHÍCULO CUBIERTO si es remolcado o reparado.
      20. Remolque o servicio en carreteras no mantenidas regularmente, como playas de arena, campos abiertos, bosques y zonas designadas como no transitables debido a la construcción, etc.
      21. No se realizará ningún remolque ni ningún otro servicio cuando el VEHÍCULO CUBIERTO se encuentre en un estado o lugar inseguro.
      22. Remolque por orden de un agente de la autoridad en relación con obstrucción del tráfico, incautación, abandono, estacionamiento ilegal u otras infracciones de la ley.
      23. Llamadas de servicio repetidas para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios.
      24. Servicios recibidos independientemente de Xtended Auto Roadside Assistancesin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
      25. Sólo se aceptará una incapacidad por el mismo tipo de servicio durante un periodo de siete días.

      ESTO NO ES UN SERVICIO DE REEMBOLSO DE ASISTENCIA EN CARRETERA: El beneficio de Asistencia de Emergencia en Carretera no está destinado a proporcionar el reembolso de servicios asegurados independientemente de este programa. Los honorarios por servicios prestados de forma independiente NO están cubiertos sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance. En caso de que Xtended Auto Roadside Assistance no pueda proporcionar el servicio de asistencia en carretera solicitado, serás autorizado por Xtended Auto Roadside Assistance a obtener el servicio de otro proveedor de servicios. En este caso, y tras TU solicitud por escrito, se te reembolsarán los pagos realizados por los servicios cubiertos autorizados hasta los límites de prestaciones especificados. En caso contrario, no se reembolsará el servicio obtenido a través de otra fuente que no sea Xtended Auto Roadside Assistance.

      F. RECARGOS OBLIGATORIOS:

      CONTRATO POST-VENTA: La cobertura para VEHÍCULOS usados sólo está disponible en el momento de la entrega, a menos que se seleccione el recargo por Contrato Post-Venta en el apartado «Recargos obligatorios» de la página de Registro de este CONTRATO. Para los CONTRATOS POST-VENTA, no se tendrán en cuenta las reclamaciones durante los primeros treinta (30) días desde la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO.

      IV. DISPOSICIONES GENERALES

      LÍMITES TERRITORIALES: Este CONTRATO cubrirá el VEHÍCULO únicamente cuando se encuentre en Canadá o Estados Unidos.

      DAÑOS CONSECUENTES: El ADMINISTRADOR no se hace responsable de ninguna tergiversación verbal, ni de daños incidentales o consecuentes distintos de la cobertura y las exclusiones contenidas en el presente documento. Este CONTRATO se aplica únicamente a las piezas y la mano de obra de los elementos identificados, y no contempla daños corporales, daños materiales, responsabilidad civil ni ningún otro tipo de cobertura de responsabilidad.

      MODIFICACIONES: No se podrán realizar cambios en este CONTRATO a menos que NOSOTROS lo aprobemos por escrito. Ninguno de NUESTROS representantes tiene autoridad para cambiar o renunciar a ninguna disposición de este CONTRATO.

      DECLARACIONES: Mediante la aceptación de este CONTRATO, aceptas que las declaraciones en este CONTRATO hechas por son TUS declaraciones y acuerdos y que este CONTRATO se emite confiando en la veracidad de dichas declaraciones.

      CONFORMIDAD CON LAS LEYES: Este CONTRATO se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la Provincia en la que se redacta este CONTRATO y cualquier disputa o litigio por cualquiera de las partes que surja de los términos del CONTRATO se iniciará en un tribunal de la jurisdicción competente en dicha provincia.

      ACUERDO COMPLETO: Este CONTRATO es el acuerdo completo entre y NOSOTROS y no hay garantías, representaciones o acuerdos que no estén expresamente establecidos aquí.

      RETRASOS: Este CONTRATO no garantiza los días o la hora de servicio. NOSOTROS no somos responsables de ningún daño derivado de retrasos, ya sea antes o después de acordar un día u hora de servicio.

      TRANSFERENCIA: Para transferir el CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO enviará su copia del CONTRATO y una copia de la factura de venta o recibo, los datos del nuevo propietario y la cuota de transferencia de cincuenta dólares (50 $) al ADMINISTRADOR en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de transferencia. Puede exigirse una prueba de mantenimiento. No está permitida la transferencia del CONTRATO del TITULAR DEL CONTRATO a ninguna de las siguientes personas (o similares de las siguientes):

      1. Ventas en consignación;
      2. Concesionarios; o
      3. Agencias de alquiler.

      OTRAS COBERTURAS: Este CONTRATO proporciona cobertura sólo en exceso de otros contratos de servicio aplicables y válidos (incluidas garantías y pólizas de seguro) que el TITULAR DEL CONTRATO tenga, o sobre los que el TITULAR DEL CONTRATO pueda recuperar de terceros.

      V. CANCELACIÓN

      Todos los cheques de reembolso por cancelación se enviarán al VENDEDOR. El acreedor prendario, si lo hubiera, podrá ser mencionado en el cheque de reembolso por cancelación, según aparezcan sus intereses. Puedes cobrar TU reembolso por cancelación directamente del VENDEDOR.

      A. CANCELACIÓN POR EL TITULAR DEL CONTRATO: Este CONTRATO puede ser cancelado por el TITULAR DEL CONTRATO en un plazo de treinta (30) días a partir de la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO. Puedes cancelar este CONTRATO volviendo al VENDEDOR y rellenando un Formulario de Solicitud de Cancelación. Si este CONTRATO se cancela dentro de los treinta (30) días siguientes a la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, el ADMINISTRADOR reembolsará y enviará al DISTRIBUIDOR VENDEDOR el coste pagado por este CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables. Si en cualquier momento de la vigencia del CONTRATO la UNIDAD es declarada siniestro total, este CONTRATO podrá ser cancelado por el CONTRATANTE (se requiere documentación válida). En caso de siniestro total, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      B. CANCELACIÓN POR EL ADMINISTRADOR: El ADMINISTRADOR podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento por falta de pago, por falsedad material o fraude en la obtención de este CONTRATO, si has incumplido alguno de los términos o condiciones establecidos en este CONTRATO, o por falsedad en la presentación de una reclamación. A partir de los treinta (30) días siguientes a la fecha de compra de la UNIDAD, si por cualquier motivo, la garantía original del fabricante se modifica, anula o no se transfiere a un nuevo propietario, este CONTRATO quedará anulado. Si TU CONTRATO es cancelado por NOSOTROS por cualquiera de los motivos enumerados, emitiremos un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO en función de los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO, menos una tarifa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      C. CANCELACIÓN POR EL PRENDATARIO: Si este CONTRATO ha sido financiado, el PRENDATARIO podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento durante la vigencia del mismo por falta de pago o si la UNIDAD es declarada siniestro total o es embargada (se requiere documentación válida). Si este CONTRATO es cancelado por el Tomador, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      VI. CÓMO RECLAMAR

      debes utilizar todos los medios y precauciones razonables para proteger TU VEHÍCULO de daños mayores. Este CONTRATO no cubrirá los daños causados por no asegurar una reparación a tiempo del componente averiado;

      Para obtener información sobre neumáticos y ruedas, reparación de parabrisas y reparación de abolladuras sin pintura (PDR), ponte en contacto con TU DISTRIBUIDOR VENDEDOR o, si no está disponible, con el ADMINISTRADOR llamando al 1-866-481-1327 de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00, hora del Este. Para información sobre Reparación / Sustitución de Llaves, consulta la Sección D. «Procedimiento de Reclamación de Reparación / Sustitución de Llaves», para Asistencia en Carretera, consulta la Sección E. «Asistencia en Carretera». Si la reparación no está cubierta por el presente CONTRATO, los gastos derivados del desmontaje y/o diagnóstico correrán por tu cuenta;

      Proporciona al CONCESIONARIO VENDEDOR o al taller de reparación una copia de TU CONTRATO;

      Antes de iniciar las reparaciones de Neumáticos y Ruedas, Reparación de Parabrisas o Reparación de Desabolladuras sin Pintura, o el centro de reparación debéis llamar al ADMINISTRADOR al 1-866-481-1327 para verificar la cobertura y obtener un Número de Autorización de Reclamación. El importe autorizado es el máximo que se pagará. Cualquier importe adicional necesita aprobación previa;

      El taller de reparación y deben cooperar plenamente en la investigación de cualquier reclamación presentada en virtud de este CONTRATO;

      En algunos casos, se te puede pedir que autorices al taller de reparación a inspeccionar o desmontar TU VEHÍCULO o LLAVE(S) para determinar la causa y el coste de la reparación. serás responsable de estos gastos si la reparación no está cubierta por este CONTRATO. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho a exigir una inspección de TU VEHÍCULO antes de realizar cualquier reparación. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho de trasladar TU VEHÍCULO CUBIERTO a otro centro de reparación;

      Después de contactar con el ADMINISTRADOR, revisa con el centro de reparación lo que cubrirá este CONTRATO;

      Cuando recojas TU VEHÍCULO o LLAVE(S), revisa la orden de reparación con el jefe de servicio;

      Paga el DEDUCIBLE y cualquier otro gasto no cubierto, si procede;

      o el centro de reparación deben proporcionar al ADMINISTRADOR la orden de reparación en un plazo de noventa (90) días desde la finalización de las reparaciones autorizadas. La no presentación de la orden de reparación en el plazo de noventa (90) días puede dar lugar a la denegación total y al impago de la reclamación;

      El ADMINISTRADOR reembolsará al taller de reparación o a TI tras la recepción de la orden de reparación, de acuerdo con las disposiciones del CONTRATO, los GASTOS DE REPARACIÓN autorizados realizados en TU VEHÍCULO, menos cualquier DEDUCIBLE aplicable;

      Si necesitas hacer una reclamación cuando la oficina del ADMINISTRADOR está cerrada, puedes seguir estos procedimientos de reclamación sin autorización previa. Sin embargo, o el taller autorizado DEBÉIS llamar al ADMINISTRADOR durante el siguiente día laborable. Si no llamas e informas de la reclamación al siguiente día laborable, puede que no se te pague. Las reclamaciones por correo no aprobadas pueden ser denegadas. El reembolso de las reparaciones de urgencia realizadas fuera del horario laboral normal sólo puedes obtenerlo si sigues los procedimientos anteriores el primer día laborable después de que se realicen dichas reparaciones de urgencia, a menos que demuestres que no fue razonablemente posible dar aviso o presentar la prueba de siniestro dentro del plazo establecido y que el aviso se presentó tan pronto como fue razonablemente posible.

      Si ESTÁS presentando una reclamación de reembolso por reparación de neumáticos y ruedas, reparación de parabrisas o reparación de abolladuras sin pintura, envía por correo una copia de este CONTRATO, el número de seguimiento de la reclamación y los recibos originales del trabajo realizado a:

      CornerStone United, Ltd.
      931 Commissioners Road E., Suite 201
      London, ON N5Z 3H9.

      VII. NUESTRO DERECHO A RECUPERAR EL PAGO

      Si NOSOTROS realizamos cualquier pago en virtud de este CONTRATO, aceptas que NOSOTROS tenemos todos los derechos de recuperación de esos pagos contra cualquier persona, debido a, pero no limitado a, una campaña de retirada de seguridad, cualquier reparación requerida por cualquier tribunal, agencia reguladora, decreto o acuerdo. no harás nada que perjudique esos derechos. Si tienes derecho a recuperar contra otra parte, TUS derechos se convierten en NUESTROS derechos. harás todo lo necesario para que NOSOTROS podamos hacer valer estos derechos. Si NOSOTROS pagamos las reparaciones en virtud de este CONTRATO y también eres reembolsado por las mismas reparaciones por otra persona, TU pago pasará a ser de NUESTRA propiedad hasta el importe que NOSOTROS hayamos pagado por las reparaciones.

      ==============================

      Choice Plus – QUEBEC

      Para las prestaciones de ASISTENCIA EN CARRETERA y
      REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES, llama a
      1-866-538-5257

      OPCIONES DE COBERTURA Y SUSCRIPCIONES OBLIGATORIAS
      (Selecciona una de las opciones de Cobertura Individual o Cobertura Agrupada)

      COBERTURAS INDIVIDUALES
      (Marca todo lo que corresponda)

      Neumáticos y ruedas
      (Marca sólo una opción de neumáticos y ruedas)

      Selecciona

      Reparación de parabrisas

      Reparación de abolladuras sin pintura

      Reparación / Sustitución de llaves

      Asistencia en carretera

      Último

      COBERTURA AMPLIADA
      (Marca sólo una Opción AMPLIADA)

      Ultimate completo

      Arrendamiento Definitivo Completo

      RECARGOS OBLIGATORIOS

      Contrato postventa

      PRECIO DE COMPRA DEL VEHÍCULO
      (antes de impuestos)

      DEDUCIBLE

      50 $ por Sustitución de Neumático
      50 $ por Sustitución de Rueda
      0 $ para el resto de Reparaciones Cubiertas

      PLAZO DE COBERTURA

      Si no se marca ninguna casilla, se aplicarán 12 Meses.
      *Elegible sólo para Vehículos con menos de 40.000 kilómetros en el momento de la venta.

      RECONOCIMIENTO Y FIRMAS

      Al firmar esta Página de Registro, reconoces que este CONTRATO no es necesario para obtener financiación para TU VEHÍCULO y que tu aceptación bajo este CONTRATO es voluntaria, reconoces que has leído y entendido el término y condiciones de este CONTRATO, incluyendo las exclusiones, limitaciones y disposiciones de arbitraje contenidas en el mismo, acusas recibo de una copia de este CONTRATO, y acusas recibo de que, si se adquiere la cobertura de Reparación / Sustitución de Llaves, has recibido al menos (2) juegos de LLAVE(S) y/o transpondedores (en su caso) que funcionen correctamente para el VEHÍCULO CUBIERTO en la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL VEHÍCULO. Una llave de aparcacoches no se considera una LLAVE.

      FIRMA DEL TITULAR DEL CONTRATO

      Por la presente certifico que he leído y comprendo los términos y condiciones de este CONTRATO,
      incluidas las exclusiones y limitaciones contenidas en el mismo. También confirmo que he recibido
      una copia de este CONTRATO en su totalidad. NOTA: Este documento consta de seis (6) páginas.

      FIRMA DEL VENDEDOR

      Como representante autorizado del CONCESIONARIO VENDEDOR, certifico que el VEHÍCULO reúne los requisitos para ser cubierto por el presente CONTRATO y que dicho VEHÍCULO cumple todos los requisitos facilitados por el ADMINISTRADOR al CONCESIONARIO VENDEDOR.

      CONTRATO DE SERVICIO DEL VEHÍCULO

      Cuando esta solicitud está debidamente cumplimentada, archivada y registrada en el ADMINISTRADOR, se convierte en un CONTRATO. Este CONTRATO es entre el TITULAR DEL CONTRATO y NOSOTROS. Este CONTRATO protege al TITULAR DEL CONTRATO en caso de una REPARACIÓN CUBIERTA del VEHÍCULO. En consideración al pago del cargo del CONTRATO al ADMINISTRADOR, y confiando en las declaraciones y selecciones hechas por el TITULAR DEL CONTRATO y el DISTRIBUIDOR VENDEDOR en este CONTRATO y sujeto a los siguientes Términos, Condiciones, Exclusiones y Limitaciones de este CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO tiene derecho a las siguientes coberturas y beneficios. LA ADQUISICIÓN DE ESTE CONTRATO NO ES UN FACTOR NI UN REQUISITO PARA LA OBTENCIÓN DE CRÉDITO. La adquisición de este CONTRATO es opcional.

      1. DEFINICIONES

      ADMINISTRADOR: CornerStone United, Ltd., 931 Commissioners Road E., Suite 201, London, ON N5Z 3H9, 1-866-481-1327.

      VEHÍCULO DE USO PROFESIONAL: Vehículos de propiedad privada o de una empresa que son utilizados por un conductor principal con el fin de realizar, entre otros, trabajos de ruta/ventas sin entrega y trabajos de ruta ligeros. Ejemplos de uso empresarial son los vehículos utilizados para reparto de pizzas y flores, agentes inmobiliarios y representantes de ventas. Los vehículos utilizados para uso empresarial pueden optar a la cobertura de este CONTRATO.

      VEHÍCULO DE USO COMERCIAL: Vehículos utilizados en cualquier otro tipo de uso comercial no descrito anteriormente en VEHÍCULO DE USO COMERCIAL, incluidos, entre otros, los vehículos de flotas y de conductores múltiples, los vehículos utilizados para libreas, trabajos de servicio y reparación, trabajos comerciales, negocios móviles, reparto de rutas, vehículos utilizados para compartir viajes y vehículos utilizados para tirar de remolques comerciales. Ejemplos de VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL son los vehículos utilizados para taxis, lanzaderas, cuidado del césped, inspectores de viviendas, reparto de correo/paquetes, lavado de perros, reparto de electrodomésticos, contratistas/comercios. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no pueden optar a la cobertura de este CONTRATO.

      CONTRATO: El presente Contrato de Servicio del Vehículo, una vez aceptado por el ADMINISTRADOR.

      FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO : La fecha en que este CONTRATO fue adquirido por TI para el VEHÍCULO CUBIERTO.

      OPCIONES DE COBERTURA: La cobertura o coberturas opcionales que hayas seleccionado, tal y como se indica en la página de Inscripción de este CONTRATO. Sólo se aplican las prestaciones enumeradas a continuación en la Sección II «Opciones de Cobertura» que corresponden a las OPCIONES DE COBERTURA que seleccionaste:

      EMERGENCIA CUBIERTA: Suceso en el que el VEHÍCULO CUBIERTO no puede circular con seguridad por sus propios medios debido a una inutilización por circunstancias imprevistas e inevitables. No obstante, y en lo que se refiere a las prestaciones y servicios del ADMINISTRADOR en los términos y condiciones de este CONTRATO, no se consideran EMERGENCIAS CUBIERTAS las siguientes Daños o inutilización debidos a accidente, colisión, inundación, incendio o vandalismo; emergencias derivadas del consumo de intoxicantes o estupefacientes o del uso del VEHÍCULO CUB IERTO en la comisión de un delito grave; llamadas de servicio repetidas para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios; y, remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.

      PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA: La (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUB IERTO que se ha(n) perdido, dañado y no funciona(n). La ausencia de LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUB IERTO en el momento de la

      La entrega original del VEHÍCULO CUBIERTO a TI no constituye una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA.

      REPARACIÓN CUBIERTA : Una reparación o servicio que reúne los requisitos para su cobertura según los términos y condiciones de este CONTRATO. VEHÍCULO CUBIERTO o VEHÍCULO: El vehículo descrito en la página de Inscripción de este CONTRATO.

      DEDUCIBLE: La cantidad que el CONTRATANTE está obligado a pagar, tal y como figura en la página de Registro de este CONTRATO, por una REPARACIÓN CUBIERTA una vez reparada o sustituida una pieza en los términos de este CONTRATO.

      LLAVE(S) ELEGIBLE(S): Significa aquella(s) otra(s) llave(s) de tu propiedad contenida ( s) en TU llavero que contenga(n) la (s) LLAVE(S) DEL VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA (incluyendo, por ejemplo, llaves de coches, camiones, barcos, remolques, vehículos recreativos y objetos personales como cajas de joyas, cajas fuertes, etc.).

      LLAVE(S): Se refiere a un máximo de dos (2) llaves maestras y/o transpondedores (si procede) que funcionen correctamente y que se te hayan proporcionado para el VEHÍCULO CUBIERTO en el momento de la entrega original del VEHÍCULO CUB IERTO. No se consideran LLAVES las llaves de aparcacoches ni los dispositivos de posventa (por ejemplo, arrancadores remotos) del VEHÍCULO CUB IERTO .

      REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA o PDR: El proceso utilizado para eliminar pequeñas abolladuras y abolladuras menores (de hasta 10 cm de diámetro) de las superficies pintadas de TU VEHÍCULO CUBIERTO.

      sin dañar el acabado de fábrica del VEHÍCULO CUBIERTO , sujeto a las limitaciones y exclusiones establecidas en este CONTRATO.

      CONTRATO POST-VENTA: Un contrato de vehículo usado en el que la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO es posterior a la FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO. Este CONTRATO no cubre ningún VEHÍCULO usado si la fecha en la que TÚ compraste el CONTRATO y la fecha en la que TÚ compraste TU VEHÍCULO son diferentes, a menos que la casilla Contrato Post-Venta esté marcada en «Recargos Obligatorios» en la página de Registro de este CONTRATO.

      PELIGRO EN LA CARRETERA: Objetos y condiciones de la carretera, como baches, piedras, restos de madera, piezas metálicas, clavos, cristales, restos de plástico o materiales compuestos, o cualquier elemento que cause daños en los neumáticos y/o las ruedas, salvo el desgaste y las condiciones excluidas en la sección titulada «Exclusiones».

      CONCESIONARIO VENDEDOR: El Concesionario de Automóviles identificado en la página de Registro de este CONTRATO.

      PLAZO DE COBERTURA: El tiempo en meses que el VEHÍCULO CUBIERTO está cubierto por este CONTRATO , según se indica en el apartado PLAZO DE CO BERTURA de la página de Inscripción de este CONTRATO. La duración del PLAZO DE COBERTURA del CONTRATO en meses comienza en la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO. Este CONTRATO expira cuando se alcanza el PLAZO DE COBERTURA en meses.

      NO REPARABLE: Situación en la que la rueda es incapaz de sellarse con el neumático, lo que provoca una pérdida de aire y no es reparable o se ha puesto en peligro la integridad estructural de la rueda.

      FECHA DE COMPRA DEL VEHÍCULO : La fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue comprado por TI. NOSOTROS, NOS, y NUESTRO: CornerStone United, Ltd.

      GARANTÍA: Cualquier GARANTÍA del fabricante o cualquier otra GARANTÍA.

      TÚ, TU, TUYO, TITULAR DEL CONTRATO: La(s) persona(s) que figura(n) en la página de Registro como adquirente(s) de este CONTRATO.

      II. OPCIONES DE COBERTURA

      A. NEUMÁTICOS Y RUEDAS:

      Durante la DURACIÓN DE LA COBERTURA de este CONTRATO, tienes derecho a las siguientes prestaciones en función de la OPCIÓN DE COBERTURA que hayas contratado, tal y como se indica en la Página de Inscripción de este CONTRATO:

      PLAN SELECCIONADO: En caso de que un neumático(s) y/o rueda(s) de TU VEHÍCULO CUBIERTO resulten dañados debido a un PELIGRO DE CARRETERA, PAGAREMOS a un taller de reparación o, a NUESTRA elección, TE reembolsaremos lo siguiente:

      Reparación de neumáticos : pagaremos los gastos ocasionados por la reparación de los neumáticos pinchados.

      Sustitución de neumáticos : pagaremos un neumático de sustitución en caso de que el neumático no se pueda reparar debido a roturas por impacto, enganches, pinchazos u otros PELIGROS DE LA CARRETERA. NOSOTROS pagaremos el coste de un neumático de sustitución del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado, nuevo vástago de válvula e impuesto sobre las ventas) al precio medio de venta al público regional. Las sustituciones se limitan a los neumáticos originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares.

      Reparación de la rueda – PAGAREMOS los gastos ocasionados por la reparación de la(s) rueda(s).

      Sustitución de la rueda – Pagaremos una rueda de sustitución en caso de que la rueda quede inservible debido a daños causados por un PELIGRO EN LA CARRETERA . NOSOTROS pagaremos el coste de una rueda de repuesto del mismo tipo y calidad (incluyendo montaje, equilibrado, nuevo vástago de válvula e impuesto sobre las ventas) al precio medio de venta al público regional. Las sustituciones se limitan a las ruedas originales del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará los recambios comparables o similares .

      Remolque – TE reembolsaremos los gastos de remolque necesarios por daños causados por un PELIGRO DE CARRETERA cubierto hasta 100$.

      Coche de alquiler : TE reembolsaremos los gastos de alquiler de coche hasta cincuenta dólares (50 €) por día durante un máximo de dos (2) días si la reparación de TUS neumáticos y/o ruedas requiere ocho (8) horas o más, si requerimos una inspección del VEHÍCULO CUBIERTO o si la reparación requiere el envío de la rueda dañada.

      PLAN ULTIMO: Incluye toda la cobertura del Plan Select más lo siguiente:

      Daños en el bordillo – El PELIGRO EN CARRETERA se amplía para incluir los daños en un neumático o rueda debidos al impacto con un bordillo.

      Daños estéticos : se cubren las llantas de aleación o de acero en las que el estado normal de la(s) llanta(s) se vea alterado con respecto a su aspecto normal. La cobertura se limita a las superficies cepilladas o pintadas. Utilizaremos NUESTRA red de reparaciones y determinaremos el mejor proceso de reparación para el Daño Estético. Las reparaciones pueden consistir en una reparación cosmética, enderezamiento o refabricación. Las ruedas se repararán siempre que sea posible. Las ruedas que no se puedan reparar se sustituirán SÓLO SI LA RUEDA NO SE PUEDE REPARAR. Las sustituciones se limitan a la(s) rueda(s) original(es) del fabricante o a sustituciones comparables o similares. El ADMINISTRADOR determinará las sustituciones comparables o similares . Consulta el apartado VI, Cómo presentar una reclamación, para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de NEUMÁTICOS Y RUEDAS para:

      1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Reparación o sustitución cubierta por el fabricante u otra GARANTÍA o cobertura de seguro principal del TITULAR DEL CONTRATO .
      3. Las reparaciones o sustituciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación o sustitución.
      4. Neumáticos a los que les quede una profundidad de banda de rodadura de tres treinta segundos de pulgada (3/32″) o menos.
      5. Reparación o sustitución que exceda la especificación del vehículo del fabricante, o cuando el fabricante, mediante anuncio público o llamada a revisión, establezca sus responsabilidades de sustitución por cualquier defecto del fabricante.
      6. Daños causados por negligencia, abuso, uso indebido, colisión, defectos del fabricante, fugas en válvulas o llantas, instalación incorrecta, pudrición seca en flancos o banda de rodadura, cadenas de neumáticos, uso en carreras o fuera de carretera, vandalismo, daños malintencionados, daños en cadenas, incendio o robo.
      7. Vehículos todoterreno, vehículos recreativos, vehículos con neumáticos recauchutados, vehículos con neumáticos y/o ruedas todoterreno, o vehículos de más de 1 tonelada.
      8. Ruedas o neumáticos personalizados.
      9. Los fallos que se produzcan por operar en cualquier superficie que no sean carreteras o autopistas pavimentadas federales, provinciales, de condado, de ciudad o de municipio.
      10. VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no pueden optar a la cobertura.
      11. Cualquier VEHÍCULO CUBIERTO que se utilice para carreras u otras competiciones, alquileres, préstamos de concesionarios, limusinas, taxis, coches de policía u otros vehículos de emergencia.
      12. Vehículos matriculados y/o utilizados normalmente fuera de Canadá o Estados Unidos.
      13. Neumáticos y/o ruedas que no cumplan las recomendaciones de los fabricantes específicas para TU VEHÍCULO CUBIERTO.
      14. Pérdidas o daños causados por el mal uso ocasionado por circular con neumáticos inflados en exceso, inflados insuficientemente o desinflados.
      15. Las llantas cromadas y las llantas de aleación con simulación cromada quedan excluidas de la cobertura de Daños Estéticos en virtud de este CONTRATO.
      16. Ruedas que no sellan debido al óxido y la corrosión.
      17. Cualquier pérdida o daño consecuencial de cualquier tipo, incluyendo pérdidas, daños o lesiones a personas o bienes resultantes del fallo de cualquier pieza de TU VEHÍCULO CUBIERTO, cuya sustitución esté cubierta en los términos y condiciones de este CONTRATO.
      18. Si sigues conduciendo con un neumático desinflado que supera los requisitos indicados en el manual del propietario específico de TU VEHÍCULO CUBIERTO.

      B. REPARACIÓN DE PARABRISAS:

      TE reembolsaremos la reparación de las grietas, estrellas o desconchones del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO de hasta una pulgada y media (1,5) de diámetro cuando esté dañado por: (1) rocas propulsadas y/u otros residuos que supongan un PELIGRO EN LA CARRETERA , como restos de madera, piezas metálicas, restos de plástico o materiales compuestos, o cualquier otro objeto propulsado mientras se conduce el VEHÍCULO CUBIERTO ; o (2) causados por la tensión en el parabrisas debida a baches en las carreteras, calles o caminos. Las reparaciones de grietas, estrellas o desconchones en la superficie del parabrisas delantero que se determinen reparables se realizarán utilizando el proceso de reparación de parabrisas existente, sujeto a las siguientes limitaciones y exclusiones contenidas en este CONTRATO. La mayoría de las grietas, astillas o desconchones menores del parabrisas delantero pueden repararse y, en la mayoría de los casos, no se notará una reparación completa. Los daños causados por colisión no están cubiertos por este CONTRATO. Un técnico de reparación de parabrisas examinará la zona dañada antes de realizar la reparación del parabrisas para determinar si las grietas, estrellas o desconchones pueden repararse. Si el técnico de reparación del parabrisas y el ADMINISTRADOR determinan que el parabrisas no puede repararse, TE reembolsaremos los gastos ocasionados por la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO (excepto donde lo prohíba la ley) hasta un máximo de quinientos dólares (500 $) por incidencia. Se requiere la documentación de los gastos válidos para la sustitución del parabrisas delantero de TU VEHÍCULO CUBIERTO . Consulta la Sección VI, Cómo Presentar una Reclamación, para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      Este CONTRATO puede proporcionar una duplicación de la cobertura ya proporcionada por TU póliza de seguro de daños físicos del automóvil.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN DEL PARABRISAS para:

      1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
      4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
      5. Daños en cualquier luna que no sea del VEHÍCULO CUBIERTO parabrisas delantero.
      6. Cualquier importe superior a quinientos dólares (500 $) en que se incurra para sustituir EL PARABRISAS DELANTERO parabrisas delantero de tu vehículo cubierto que el técnico examinador considere irreparable.
      7. Sustitución de cualquier pieza que no sea el parabrisas.
      8. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños causados por animales o relacionados con ellos (incluidos los animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, granizo, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios, vandalismo o entrada de agua.
      9. VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no pueden optar a la cobertura.
      10. Daños a TU VEHÍCULO CUBIERTO u otros bienes resultantes del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
      11. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitado a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

      C. REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA:

      En caso de que sufras pequeñas abolladuras y/o golpes en los paneles metálicos pintados de TU VEHÍCULO CUBIERTO , TE reembolsaremos la reparación de pequeñas abolladuras y/o golpes de hasta cuatro (4) pulgadas de longitud que puedan repararse con el proceso de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA (PDR). No todas las abolladuras y golpes pueden repararse mediante el proceso PDR . Las abolladuras más grandes, las abolladuras con pliegues, las abolladuras que no son accesibles con las herramientas PDR y las que requieren repintado no están cubiertas. En caso de que las abolladuras/abolladuras de TU VEHÍCULO CUBIERTO sean causadas por daños por granizo, TE reembolsaremos (excepto donde lo prohíba la ley), hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares (250 $) por incidencia, incurridos por la reparación de los daños por granizo de TU VEHÍCULO CUBIERTO . Se requiere documentación de gastos válidos para la reparación de daños por pedrisco en TU VEHÍCULO CUBIERTO . Consulta la Sección VI, Cómo presentar una reclamación, para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA para:

      1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
      4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
      5. Las abolladuras de tamaño demasiado grande (más de cuatro (4) pulgadas de diámetro) se considerarán no reparables mediante el proceso PDR.
      6. Abolladuras y golpes en paneles horizontales, pliegues del VEHÍCULO CUBIERTO carrocería, abolladuras en líneas o curvas de la carrocería, o abolladuras en el borde de un panel de la carrocería.
      7. Abolladuras, golpes o pliegues que puedan dañar la carrocería o el acabado de la pintura si se utiliza el proceso PDR.
      8. Abolladuras o golpes que no puedan repararse completamente mediante el proceso PDR.
      9. Abolladuras o golpes que requieran el uso de masilla, lijado, pegado, imprimación o pintura.
      10. Abolladuras o golpes cuyo acceso esté restringido debido a refuerzos instalados por el fabricante, paneles metálicos dobles, instalaciones posventa u otras limitaciones de acceso.
      11. Abolladuras profundas que estiran demasiado el metal y no le permiten recuperar su forma original.
      12. VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no pueden optar a la cobertura.
      13. Las partes cromadas o sin pintar del VEHÍCULO CUBIERTOcristal, plástico u otras secciones exteriores no metálicas del VEHÍCULO CUBIERTO carrocería o unidas al VEHÍCULO CUBIERTO carrocería.
      14. Cualquier daño en el interior del VEHÍCULO CUBIERTO o los bajos del vehículo VEHÍCULO CUBIERTO.
      15. Daños medioambientales, incluidos, entre otros, el óxido, la corrosión y los daños causados por productos químicos.
      16. Sustitución de cualquier pieza.
      17. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, daños estéticos (incluidos, entre otros, arañazos, deterioro de la pintura, desconchones, grietas u otros daños en la pintura de la superficie del VEHÍCULO CUBIERTO, mellas, desgaste normal), daños causados por o relacionados con animales (incluidos los animales domésticos), colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daños, uso indebido, catástrofe natural o actos de la naturaleza, negligencia, sobrecarga, disturbios, vandalismo o entrada de agua.
      18. Daños a TU VEHÍCULO CUBIERTO u otros bienes resultantes del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
      19. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitado a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

      D. REPARACIÓN/SUSTITUCIÓN DE LLAVES:

      En caso de que TU(S) LLAVE(S) se pierda(n) o resulte(n) dañada(s) y no funcione(n), Xtended Auto Roadside Assistance te reembolsará hasta mil dólares (1.000 $) por incidente para la reparación o, si no se puede reparar, la sustitución de TU(S) LLAVE(S) y/o transpondedor. Las sustituciones serán de llaves y/o transpondedores del fabricante del equipo original (OEM) o de tipo y calidad similares. Se proporcionará cobertura para la reparación o sustitución razonable de los insertos de la llave, la carga metálica de la llave, la carcasa de la llave, la carcasa/transmisor remoto, la sustitución del Bluetooth y cualquier gasto relacionado con la programación del vehículo. La cobertura está limitada a un total de una (1) reclamación durante cualquier periodo de doce (12) meses durante la DURACIÓN DE LA COBERTURA. No se proporcionará cobertura para aumentar el número de LLAVE(S) y/o transpondedores del VEHÍCULO CUBIERTO. no tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto. Prestaciones adicionales por pérdida de llaves: En el caso de que se perdieran llaves adicionales junto con una PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA, Xtended Auto Asistencia en Carretera te reembolsará hasta cien dólares (100 $) por incidente para sustituir LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Xtended Auto Roadside Assistance debe recibir recibos válidos en un plazo de noventa (90) días a partir de la PÉRDIDA DE LLAVE CUBIERTA inicial.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN/REEMPLAZO DE LLAVES para:

      1. Cualquier daño que existiera en el momento de la venta al por menor de este contrato.
      2. Cualquier reparación o sustitución realizada sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
      3. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el/los fabricante(s) de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) a sustituir.
      4. Reparación o daños a la vivienda, VEHÍCULO CUBIERTO u otros bienes.
      5. No se proporcionará cobertura en caso de emergencias derivadas del uso de intoxicantes o narcóticos, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un delito grave.
      6. Cualquier daño o pérdida, ya sea consecuente, directo o de otro tipo, resultante del fallo o pérdida de una (S) LLAVE(S) de sustitución programada(s) .
      7. Cualquier daño o falta de funcionamiento de la(s) LLAVE(S) o de la ( s ) LLAVE(S) ELEGIBLE(S) causado por el desgaste (por ejemplo, fallo de la batería/pérdida de carga, daños estéticos).
      8. Cualquier sustitución de LLAVE(S) CUANDO AL MENOS DOS (2) JUEGOS DE LLAVE(S) PARA EL VEHÍCULO CUBIERTO NO FUERON ENTREGADOS EN EL MOMENTO DE LA COMPRA DEL VEHÍCULO.
      9. Cualquier llave de aparcacoches o de posventa (como la de arranque a distancia).
      10. La pérdida o daño de llaves, mandos a distancia, transpondedores o tarjetas inteligentes distintos de los definidos como LLAVE(S) ELEGIBLE(S). Esto incluye, pero no se limita a: alarma, rueda, mando/transpondedor posventa, lo-jack, club, llave/mando de puerta de garaje, mando de seguridad doméstica, mandos/llaves para comunidades o edificios cerrados o vallados, y mandos/transpondedores/tarjetas inteligentes para vehículos que no sean el VEHÍCULO CUBIERTO.
      11. Todos y cada uno de los peajes, impuestos y multas.
      12. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
      13. Sólo está cubierto el COSTE RAZONABLE DE REPARACIÓN O SUSTITUCIÓN de la (s) LLAVE(S) o LLAVE(S) ELEGIBLE(S) en los términos, condiciones y limitación establecidos en el presente CONTRATO.
      14. Si el VEHÍCULO CUBIERTO es alquilado, no se cubrirá lo siguiente: (i) la sustitución de cualquier LLAVE(S ) no contabilizada(s) durante la inspección final del arrendamiento por el VENDEDOR ; (ii) cualquier cargo cobrado por el VENDEDOR por falta de LLAVE(S) en el informe de inspección final del arrendamiento; (iii) cualquier reclamación presentada después de la fecha de finalización del arrendamiento; y (iv) cualquier reparación o sustitución cubierta por garantía, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante de la LLAVE a sustituir, incluidos los programas de «desgaste por uso» previstos para vehículos arrendados.
      15. Xtended Auto Roadside Assistance no garantiza en modo alguno, ni expresa ni implícitamente, ninguna LLAVE de sustitución o LLAVE ELEGIBLE obtenida por TI.

      PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE REPARACIÓN/SUSTITUCIÓN DE LLAVES (1-866-538-5257):

      Para obtener las prestaciones de sustitución de la LLAVE DEL VEHÍCULO CUBIERTO en virtud de este CONTRATO, debes cumplir las siguientes condiciones:

      1. Todas las solicitudes de sustitución de la LLAVE deben comunicarse a Xtended Auto Roadside Assistance antes de iniciar cualquier sustitución. Llama al número gratuito de Asistencia en Carretera de Xtended Auto (1-866-538-5257) para recibir instrucciones y obtener autorización y un número de seguimiento de la reclamación antes de que comience el trabajo de sustitución de la LLAVE . NOTA: La emisión de un número de seguimiento de siniestros no implica ni se interpretará como la aprobación de un siniestro, sino sólo como que has cumplido con TU responsabilidad de informar sobre dicho siniestro.
      2. Si te encuentras en un radio de 80 km del CONCESIONARIO VENDEDOR , deberás volver allí para que te corten y programen una LLAVE de repuesto. Si estás fuera del radio de 80 km , puedes acudir a un concesionario adecuado.
      3. Todas las LLAVES DEL VEHÍCULO que no funcionen deben ponerse a disposición del concesionario para su inspección y reprogramación.
      4. El concesionario debe enviar por fax una copia firmada de la orden de reparación original al número de fax de Asistencia en Carretera de Xtended Auto recibido al autorizar la sustitución para el pago final.
      5. Se pagará al concesionario tan pronto como Xtended Auto Roadside Assistance reciba del concesionario una orden de reparación debidamente firmada. no eres responsable de ningún gasto de tu bolsillo que no supere los mil dólares (1.000 $) por incidente.
      6. Todas las LLAVES de repuesto y cualquier programación sólo están disponibles por el CONCESIONARIO VENDEDOR o un concesionario franquiciado apropiado. Xtended Auto Asistencia en Carretera no corta, ordena ni programa ninguna LLAVE perdida o dañada.
      7. ADVERTENCIA: Toda persona que, a sabiendas y con intención de perjudicar, defraudar o engañar a Xtended Auto Roadside Assistance , presente una declaración de siniestro o solicitud que contenga información falsa, incompleta o engañosa será perseguida con todo el peso de la ley.

      PROCEDIMIENTO ADICIONAL DE RECLAMACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE LLAVES (1-866-538-5257):

      8. Xtended Auto Roadside Assistance te reembolsará la sustitución de TU(S) LLAVE(S) ELEGIBLE(S), hasta cien dólares (100 $) por incidente, previa recepción de los recibos pagados originales (no fotocopia) de la(s) sustitución(es). Llama gratis al Departamento de Reclamaciones de Asistencia en Carretera de Xtended Auto(1-866-538-5257) para obtener ayuda.

      E. ASISTENCIA EN CARRETERA:

      Asistencia de emergencia en carretera está disponible veinticuatro (24) horas al día, todos los días del año en todo Canadá y Estados Unidos continentales. La cobertura de Asistencia en Carretera está pensada únicamente para emergencias. TU cobertura comienza en la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO y finaliza en la fecha de vencimiento indicada o al vencimiento de TU CONTRATO, a menos que se cancele. sólo tendrás que pagar los gastos de asistencia en carretera no cubiertos o los costes cubiertos que superen TU máximo de cien dólares (100 $) por suceso, como se indica a continuación. no tendrás que pagar ninguna cantidad, además del PRECIO DE COMPRA DEL CONTRATO, por ningún servicio cubierto hasta los límites de prestación indicados. eres responsable de cualquier gasto no cubierto. El servicio debe ser una prestación cubierta según los términos y condiciones de este CONTRATO y sólo está disponible para el VEHÍCULO CUBIERTO específico registrado como parte de este CONTRATO. Las Prestaciones de Asistencia de Emergencia en Carretera no están disponibles en VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL.

      Todas las prestaciones de asistencia en carretera son administradas por Xtended Auto Roadside Assistance, 1-866-538-5257.

      En el caso de que no se pueda obtener el servicio a través de Xtended Auto Roadside Assistance, recibirás un número de autorización para recibir un reembolso de los pagos realizados de acuerdo con TU beneficio del programa y los límites de cobertura de los servicios recibidos de forma independiente. debes contactar primero con Xtended Auto Roadside Assistance para obtener autorización para obtener servicios independientes.

      Todos los servicios prestados se describen en el presente documento y son aplicables en todo el territorio de Canadá y Estados Unidos continentales.

      Llama al número GRATUITO 1-866-538-5257 y se enviará un vehículo de servicio a TU asistencia. Importante: permanece junto a TU VEHÍCULO CUBIERTO cuando llegue el proveedor de servicios, ya que no pueden prestar servicio a un vehículo desatendido. NOTA: LA ASISTENCIA OBTENIDA A TRAVÉS DE CUALQUIER OTRA FUENTE QUE NO SEA LA ASISTENCIA EN CARRETERA DE XTENDED AUTO NO ESTÁ CUBIERTA Y NO ES REEMBOLSABLE.

      Se proporcionará Asistencia en Carretera de Emergencia Gratuita 24 Horas al VEHÍCULO CUBIERTO para las siguientes EMERGENCIAS CUBIERTAS hasta el límite de cien dólares (100 $) por incidente:

      Asistencia de remolque – Cuando sea necesario remolcar, el VEHÍCULO CUBIERTO será remolcado hasta el centro de servicio cualificado más cercano o hasta cualquier lugar solicitado por el cliente cubierto hasta el límite de cien dólares(100 $) por incidente.

      Asistencia en caso de pinchazo : el servicio consiste en la retirada del neumático pinchado y su sustitución por el neumático de repuesto que se encuentra en el VEHÍCULO CUBIERTO. Se proporcionará asistencia de remolque si es necesario.

      Servicio de entrega de combustible , aceite, líquido y agua: se entregará un suministro de emergencia de combustible, aceite, líquido y agua si el VEHÍCULO CUBIERTO tiene una necesidad inmediata. debes pagar el combustible u otro fluido cuando se entregue;

      Asistencia de bloqueo – Si TUS llaves se quedan bloqueadas dentro del VEHÍCULO CUBIERTO, se te proporcionará asistencia para entrar en el VEHÍCULO CUBIERTO. Asistencia con la batería – Si se produce un fallo en la batería, se proporcionará un puente de arranque para arrancar TU VEHÍCULO CUBIERTO.

      Para cualquier cantidad que supere el límite de cien dólares (100 $) del programa, será TU responsabilidad pagar directamente al proveedor del servicio los cargos adicionales. La cobertura se extiende a cualquier conductor del VEHÍCULO CUBIERTO.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de ASISTENCIA EN CARRETERA para:

      1. CUALQUIER DAÑO QUE EXISTIERA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier servicio cubierto por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Cualquier reclamación realizada sobre un contrato cuyo pago no se haya recibido, o por servicios no prestados, no autorizados o no descritos en el momento de la autorización.
      4. Cualquier coste cuando cualquier información material facilitada a Xtended Auto Roadside Assistance no pueda verificarse como exacta o resulte ser engañosa.
      5. Emergencias derivadas del uso de intoxicantes o estupefacientes, o del uso del VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un delito grave.
      6. Coste de piezas, llaves de repuesto, fluidos, lubricantes, o coste de combustible, material, mano de obra adicional relacionada con el remolque, o el coste de instalación de los productos.
      7. Remolque no urgente u otro servicio no urgente.
      8. Montaje o desmontaje no urgente de neumáticos de nieve o cadenas.
      9. Retira la nieve de alrededor de un vehículo.
      10. Reparación de neumáticos.
      11. Extricación o cabestrante.
      12. Motocicletas, camiones de más de una tonelada y media de capacidad, vehículos antiguos (es decir, vehículos de más de veinte (20) años o que lleven diez (10) años o más sin fabricarse), taxis, limusinas u otros vehículos comerciales.
      13. Vehículos recreativos (RV), remolques de acampada, remolques de viaje o cualquier vehículo remolcado.
      14. Todos y cada uno de los peajes, impuestos o multas.
      15. Cualquier tasa como gastos de envío y recargos, suministros de taller, salvo que se autorice específicamente en este CONTRATO.
      16. Daños o inutilización debidos a fuentes externas, como accidentes, robos, actos malintencionados, vandalismo, guerra, disturbios, actos de terrorismo, conmoción civil, explosión y/o actos de la naturaleza, incluidos, entre otros, incendios, agua, tornados o terremotos.
      17. Remolque desde o trabajos de reparación realizados en una estación de servicio, garaje o taller de reparación.
      18. Remolque no efectuado por una empresa de remolque, estación de servicio o garaje autorizados; gastos de almacenamiento del vehículo; un segundo remolque.
      19. Servicio en un vehículo que no esté en condiciones seguras para ser remolcado o servicios que puedan provocar daños al vehículo si es remolcado o reparado.
      20. Remolque o servicio en carreteras no mantenidas regularmente, como playas de arena, campos abiertos, bosques y zonas designadas como no transitables debido a la construcción, etc.
      21. No se realizará ningún remolque ni ningún otro servicio cuando el VEHÍCULO CUBIERTO se encuentre en un estado o lugar inseguro.
      22. Remolque por orden de un agente de la autoridad en relación con obstrucción del tráfico, incautación, abandono, estacionamiento ilegal u otras infracciones de la ley.
      23. Repetidas llamadas de servicio para un VEHÍCULO CUBIERTO que necesite mantenimiento o reparación rutinarios.
      24. Servicios recibidos independientemente de Xtended Auto Roadside Assistance sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance.
      25. Sólo se aceptará una incapacidad por el mismo tipo de servicio durante un periodo de siete días.

      ESTO NO ES UN SERVICIO DE REEMBOLSO DE ASISTENCIA EN CARRETERA: El beneficio de Asistencia de Emergencia en Carretera no está destinado a proporcionar el reembolso de servicios asegurados independientemente de este programa. Los honorarios por servicios prestados de forma independiente NO están cubiertos sin autorización previa de Xtended Auto Roadside Assistance . En caso de que Xtended Auto Roadside Assistance no pueda prestar el servicio de asistencia en carretera solicitado, serás autorizado por Xtended Auto Roadside Assistance a obtener el servicio de otro proveedor de servicios. En este caso, y tras TU solicitud por escrito, se te reembolsarán los pagos realizados por los servicios cubiertos autorizados hasta los límites de prestaciones especificados. En caso contrario, no se reembolsará el servicio obtenido a través de cualquier otra fuente que no sea Xtended Auto Roadside Assistance.

      F. FINAL COMPLETO:

      Si se selecciona y marca la cobertura Ultimate Completa en la página de Inscripción de este CONTRATO, la cobertura incluirá lo siguiente:

      NEUMÁTICOS Y RUEDAS – PLAN ULTIMO: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, A. NEUMÁTICOS Y RUEDAS, PLAN ULTIMATE.

      REPARACIÓN DEL PARABRISAS: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, B. REPARACIÓN DEL PARABRISAS.

      REPARACIÓN DE ABolladuras SIN PINTURA: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, C. REPARACIÓN DE ABOLLADURAS SIN PINTURA.

      REPARACIÓN/SUSTITUCIÓN DE LLAVES: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, D. REPARACIÓN / SUSTITUCIÓN DE LLAVES.

      ASISTENCIA EN CARRETERA: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, E. ASISTENCIA EN CARRETERA.

      GASTOS DE INTERRUPCIÓN DEL VIAJE: TE reembolsaremos hasta ciento cincuenta dólares ($150,00) por día durante un máximo de tres (3) días en concepto de gastos de comidas (sólo restaurantes) y alojamiento (sólo hotel/motel) (excepto donde lo prohíba la ley) por suceso en que incurras si:

      a. NO PUEDES UTILIZAR EL VEHÍCULO CUBIERTO por AVERÍA MECÁNICA o reparación de neumáticos/ruedas

      b.Estás a más de cien (100) kilómetros de tu domicilio; y

      c. Si incurres en Gastos de Interrupción de Viaje como consecuencia de una AVERÍA MECÁNICA , deberás presentar al ADMINISTRADOR la prueba de la AVERÍA MECÁNICA y la localización del centro de reparación.

      Consulta el apartado VI, Qué hacer en caso de avería y cómo presentar una reclamación, para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      REPARACIÓN INTERIOR: En caso de que sufras pequeños desgarros interiores, quemaduras, roturas (de un máximo de tres (3) pulgadas de longitud), grietas, arañazos o pinchazos (de menos de una y cuarto (1 ¼) pulgadas de diámetro), en las superficies interiores de los asientos de tela o cuero, materiales del salpicadero, reposabrazos, paneles de las puertas, revestimientos del techo y moquetas (quedan excluidas las alfombrillas) de TU VEHÍCULO CUBIERTO , repararemos o te reembolsaremos los costes de estas reparaciones hasta un máximo de doscientos cincuenta dólares (250 $) por visita de reparación (excepto donde lo prohíba la ley). Consulta la Sección VI, Qué hacer en caso de avería y cómo presentar una reclamación para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no proporciona cobertura de REPARACIÓN INTERIOR para:

      1. CUALQUIER FALLO QUE EXISTA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Reparaciones no autorizadas por el ADMINISTRADOR antes de su reparación.
      4. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
      5. Cualquier acabado, tejido, cuero o vinilo que no esté dañado.
      6. Desgarros de asientos de tela o cuero de más de tres (3) pulgadas de longitud.
      7. Pinchazos en asientos de tela o cuero de más de una pulgada y cuarto (1 ¼) de diámetro.
      8. Daños causados por mal uso o abuso de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
      9. Daños causados por disolventes o productos químicos que entren en contacto con las superficies interiores de TU VEHÍCULO CUBIERTO .
      10. Daños causados por el deterioro o decoloración del tejido o cuero de los asientos o la moqueta de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
      11. Las cantidades necesarias para completar las reparaciones interiores que superen los doscientos cincuenta dólares (250 $) por visita de reparación.
      12. Cualquier reparación identificada en una visita de reparación anterior que se haya dejado sin reparar.
      13. Sustitución de asientos o alfombras en caso de que no puedan limpiarse y/o repararse.
      14. Los VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no tienen cobertura.
      15. Sustitución de cualquier pieza.
      16. Daños debidos a desgaste anormal, casos fortuitos, colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTO, daño, mal uso, desastre natural o actos de la naturaleza, negligencia, disturbios/conmociones civiles, vandalismo o intrusión de agua.
      17. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.
      18. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluyendo pero no limitándose a daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTO, daños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.

      G. COMPLETAR EL ARRENDAMIENTO DEFINITIVO:

      Si se selecciona y marca la cobertura de Arrendamiento Definitivo Completo en la página de Registro de este CONTRATO, la cobertura incluirá lo siguiente:

      ULTIMO COMPLETO: Incluye todas las coberturas y exclusiones del apartado II. OPCIONES DE COBERTURA, F. ULTIMATE COMPLETO.

      PRESTACIONES DE FIN DE ALQUILER: En el caso de que TU VEHÍCULO CUBIERTO esté financiado a través de un contrato de leasing y incurras en determinados gastos finales de leasing, TE reembolsaremos hasta mil quinientos dólares (1.500 $) por estos gastos (excepto donde lo prohíba la ley). Los gastos cubiertos por esta prestación se limitan a golpes exteriores, abolladuras, arañazos reparables, cristales astillados/rotos, daños en los tejidos interiores, alfombrillas (las alfombrillas están excluidas), asientos, plásticos del salpicadero y la consola, cuero, tela, vinilo, incluyendo pero sin limitarse a rasgaduras, quemaduras, roturas, grietas, arañazos o pinchazos, manchas, prestaciones cosméticas de las llantas para eliminar rozaduras, arañazos, rozaduras de bordillo, muescas, pintura o repintado de llantas de aleación, o llantas dobladas. Las prestaciones por finalización del contrato de alquiler están disponibles desde noventa (90) días antes hasta noventa (90) días después de la fecha de finalización de TU contrato de alquiler. Todas las reclamaciones en virtud de esta prestación deben presentarse dentro de este plazo. Para el reembolso se requieren copias de TU liquidación final del contrato de alquiler con todos los cargos aplicables de TU arrendador, copias de los recibos que demuestren el pago de estos cargos por TU parte al arrendador, y una copia de los documentos finales de finalización del contrato de alquiler que muestren la fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue devuelto al arrendador. NOSOTROS nos reservamos el derecho de solicitar más documentación según sea necesario para verificar todos los gastos incurridos. RECOMENDACIÓN TE RECOMENDAMOS que realices una inspección de entrega del vehículo en TU CONCESIONARIO VENDEDOR antes de la finalización de TU contrato de alquiler. Las reparaciones previas a la finalización del contrato pueden reducir en gran medida TUS gastos de finalización del contrato. Consulta la Sección VI, Qué hacer en caso de avería y cómo presentar una reclamación para obtener más información sobre cómo presentar una reclamación.

      EXCLUSIONES:

      El presente CONTRATO no COBERTURA DE PRESTACIONES DE FIN DE ARRENDAMIENTO para:

      1. CUALQUIER FALLO QUE EXISTA EN EL MOMENTO DE LA VENTA AL POR MENOR DE ESTE CONTRATO.
      2. Cualquier reparación o sustitución cubierta por GARANTÍA, retirada o reconocimiento de responsabilidad emitido por el fabricante.
      3. Cualquier acabado, tejido, cuero o vinilo que no esté dañado.
      4. Daños causados por mal uso o abuso de TU VEHÍCULO CUBIERTO.
      5. Las tasas por exceso de kilometraje, las tasas por sustitución de neumáticos, las tasas por eliminación/eliminación del arrendamiento, el equipamiento que falte en TU VEHÍCULO CUBIERTO, pagos atrasados o impuestos impagados.
      6. Las tasas de inspección o transporte que se cobren TU contrato de alquiler.
      7. Cualquier reparación que estuviera cubierta por LA PÓLIZA DE SEGURO del vehículo cubierto.
      8. Cualquier gasto de fin de arrendamiento que supere los mil quinientos dólares (1.500 $).
      9. Todos los gastos de finalización del alquiler en los que se haya incurrido más de noventa (90) días antes o más de noventa (90) días después de TU fecha de finalización del arrendamiento.
      10. Cualquier coste adicional por servicios no cubiertos específicamente por el CONTRATO.
      11. Las llantas cromadas y las llantas de aleación con simulación cromada quedan excluidas de la cobertura de este CONTRATO.
      12. VEHÍCULOS DE USO COMERCIAL no pueden optar a la cobertura.
      13. Daños debidos a desgaste anormal, caso fortuito, colisión y/o accidente, incendio, inundación, modificación del VEHÍCULO CUBIERTOnegligencia, disturbios, vandalismo o intrusión de agua.
      14. Cualquier daño incidental o consecuente de cualquier tipo, incluidos, entre otros, los daños por pérdida de uso del VEHÍCULO CUBIERTOdaños a la propiedad, pérdida de tiempo, pérdida de beneficios, pérdida de ingresos o inconvenientes.
      15. Daños a TU VE HÍCULO CUBIERTO o a otros bienes derivados del consumo de bebidas alcohólicas o estupefacientes, o del uso de TU VEHÍCULO CUBIERTO en la comisión de un acto ilegal.

      H. RECARGOS OBLIGATORIOS:

      1. CONTRATO POST-VENTA: La cobertura para VEHÍCULOS usados sólo está disponible en el momento de la entrega, a menos que se seleccione el recargo por Contrato POST-VENTA en el apartado «Recargos obligatorios» de la página de Registro de este CONTRATO. Para los CONTRATOS POST-VENTA, no se tendrán en cuenta las reclamaciones durante los primeros treinta (30) días desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO.

      IV. DISPOSICIONES GENERALES

      LÍMITES TERRITORIALES: Este CONTRATO cubrirá el VEHÍCULO únicamente cuando se encuentre en Canadá o Estados Unidos.

      DAÑOS CONSECUENTES: El ADMINISTRADOR no se hace responsable de ninguna tergiversación verbal, ni de daños incidentales o consecuentes distintos de la cobertura y las exclusiones contenidas en el presente documento. Este CONTRATO se aplica únicamente a las piezas y la mano de obra de los elementos identificados, y no contempla daños corporales, daños materiales, responsabilidad civil ni ningún otro tipo de cobertura de responsabilidad.

      MODIFICACIONES: No se podrán realizar cambios en este CONTRATO a menos que NOSOTROS lo aprobemos por escrito. Ninguno de NUESTROS representantes tiene autoridad para cambiar o renunciar a ninguna disposición de este CONTRATO.

      DECLARACIONES: Mediante la aceptación de este CONTRATO, aceptas que las declaraciones en este CONTRATO hechas por son TUS declaraciones y acuerdos y que este CONTRATO se emite confiando en la veracidad de dichas declaraciones.

      CONFORMIDAD CON LAS LEYES: Este CONTRATO se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de la Provincia en la que se redacta este CONTRATO y cualquier disputa o litigio por cualquiera de las partes que surja de los términos del CONTRATO se iniciará en un tribunal de la jurisdicción competente en dicha provincia.

      ACUERDO COMPLETO: Este CONTRATO es el acuerdo completo entre y NOSOTROS y no hay garantías, representaciones o acuerdos que no estén expresamente establecidos aquí.

      RETRASOS: Este CONTRATO no garantiza los días o la hora de servicio. NOSOTROS no somos responsables de ningún daño derivado de retrasos, ya sea antes o después de acordar un día u hora de servicio.

      TRANSFERENCIA: Para transferir el CONTRATO, el TITULAR DEL CONTRATO enviará su copia del CONTRATO y una copia de la factura de venta o recibo, los datos del nuevo propietario y la tasa de transferencia de cincuenta dólares (50,00 $) al ADMINISTRADOR en un plazo de treinta (30) días a partir de la fecha de transferencia. Puede exigirse una prueba de mantenimiento. No está permitida la transferencia del CONTRATO del TITULAR DEL CONTRATO a ninguna de las siguientes personas (o similares de las siguientes):

      1. Ventas en consignación;
      2. Concesionarios; o
      3. Agencias de alquiler.

      OTRAS COBERTURAS: Este CONTRATO proporciona cobertura sólo en exceso de otros contratos de servicio aplicables y válidos (incluidas garantías y pólizas de seguro) que el TITULAR DEL CONTRATO tenga, o sobre los que el TITULAR DEL CONTRATO pueda recuperar de terceros.

      V. CANCELACIÓN

      Todos los cheques de reembolso por cancelación se enviarán al VENDEDOR. El acreedor prendario, si lo hubiera, podrá ser mencionado en el cheque de reembolso por cancelación, según aparezcan sus intereses. Puedes cobrar TU reembolso por cancelación directamente del VENDEDOR.

      CANCELACIÓN POR EL TITULAR DEL CONTRATO : Este CONTRATO puede ser cancelado por el TITULAR DEL CONTRATO dentro de los treinta (30) días siguientes a la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO. Puedes cancelar este CONTRATO volviendo al VENDEDOR y rellenando un Formulario de Solicitud de Cancelación. Si este CONTRATO se cancela en un plazo de treinta (30) días a partir de la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, el ADMINISTRADOR reembolsará y enviará al VENDEDOR el coste pagado por este CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables. Si en cualquier momento de la vigencia del CONTRATO la UNIDAD es declarada siniestro total, este CONTRATO podrá ser cancelado por el CONTRATANTE (se requiere documentación válida). En caso de siniestro total, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      CANCELACIÓN POR EL ADMINISTRADOR: El ADMINISTRADOR podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento por falta de pago, por falsedad material o fraude en la obtención de este CONTRATO, si has incumplido alguno de los términos o condiciones establecidos en este CONTRATO, o por falsedad en la presentación de una reclamación. A partir de los treinta (30) días siguientes a la fecha de compra de la UNIDAD, si por cualquier motivo, la garantía original del fabricante se modifica, anula o no se transfiere a un nuevo propietario, este CONTRATO quedará anulado. Si TU CONTRATO es cancelado por NOSOTROS por cualquiera de las razones enumeradas, emitiremos un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE COMPRA DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      CANCELACIÓN POR EL ARRENDATARIO: Si este CONTRATO ha sido financiado, el ARRENDATARIO podrá cancelar este CONTRATO en cualquier momento durante la vigencia del mismo por falta de pago o si la UNIDAD es declarada siniestro total o es embargada (se requiere documentación válida). Si este CONTRATO es cancelado por el Tomador, el ADMINISTRADOR emitirá un reembolso prorrateado del coste pagado por este CONTRATO basado en los días de cobertura transcurridos desde la FECHA DE ADQUISICIÓN DEL CONTRATO, menos una tasa de cancelación de cincuenta dólares (50 $), más los impuestos aplicables.

      VI. CÓMO RECLAMAR

      debes utilizar todos los medios y precauciones razonables para proteger TU VEHÍCULO de daños mayores. Este CONTRATO no cubrirá los daños causados por no asegurar una reparación a tiempo del componente averiado;

      Para obtener información sobre Neumáticos y Ruedas, Reparación de Parabrisas, Reparación de Desabolladuras sin Pintura (PDR), Reparación Interior o Interrupción de Viaje, ponte en contacto con TU CONCESIONARIO VENDEDOR o, si no está disponible, con el ADMINISTRADOR llamando al 1-866-481-1327 de lunes a viernes, de 8:00 a 20:00, hora estándar del Este. Para obtener información sobre la reparación/sustitución de llaves, consulta el apartado D. PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE REPARACIÓN/SUSTITUCIÓN DE LLAVES; para la asistencia en carretera, consulta el apartado E. ASISTENCIA EN CARRETERA. Si la reparación no está cubierta por el presente CONTRATO, los gastos derivados del desmontaje y/o diagnóstico correrán por cuenta y responsabilidad TUYA ;

      Proporciona al CONCESIONARIO VENDEDOR o al taller de reparación una copia de TU CONTRATO;

      Antes de iniciar las reparaciones de Neumáticos y Ruedas, Reparación de Parabrisas, Reparación de Desabolladuras sin Pintura o Reparación de Interiores, o el centro de reparación debéis llamar al ADMINISTRADOR al 1-866-481- 1327 para verificar la cobertura y obtener un Número de Autorización de Reclamación para siniestros. El importe autorizado es el máximo que se pagará. Cualquier importe adicional necesita aprobación previa;

      El taller de reparación y deben cooperar plenamente en la investigación de cualquier reclamación presentada en virtud de este CONTRATO;

      En algunos casos, se te puede pedir que autorices al taller de reparación a inspeccionar o desmontar TU VEHÍCULO o LLAVE(S) para determinar la causa y el coste de la reparación. serás responsable de estos gastos si la reparación no está cubierta por este CONTRATO. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho a exigir una inspección de TU VEHÍCULO antes de realizar cualquier reparación. El ADMINISTRADOR se reserva el derecho de trasladar TU VEHÍCULO cubierto a otro centro de reparación;

      Después de contactar con el ADMINISTRADOR , revisa con el centro de reparación lo que cubrirá este CONTRATO;

      Cuando recojas TU VEHÍCULO o LLAVE(S), revisa la orden de reparación con el jefe de servicio;

      Paga el DEDUCIBLE y cualquier otro gasto no cubierto, si procede;

      o el centro de reparación deben proporcionar al ADMINISTRADOR la orden de reparación en un plazo de noventa (90) días desde la finalización de las reparaciones autorizadas. La no presentación de la orden de reparación en el plazo de noventa (90) días puede dar lugar a la denegación total y al impago de la reclamación;

      El ADMINISTRADOR reembolsará al taller de reparación o a TI tras la recepción de la orden de reparación, de acuerdo con las disposiciones del CONTRATO, los GASTOS DE REPARACIÓN autorizados realizados en TU VEHÍCULO, menos cualquier DEDUCIBLE aplicable;

      Si necesitas hacer una reclamación cuando la oficina del ADMINISTRADOR está cerrada, puedes seguir estos procedimientos de reclamación sin autorización previa. Sin embargo, o el taller autorizado DEBÉIS llamar al ADMINISTRADOR durante el siguiente día laborable. Si no llamas e informas de la reclamación al siguiente día laborable, puede que no se te pague. Las reclamaciones por correo no aprobadas pueden ser denegadas. El reembolso de las reparaciones de urgencia realizadas fuera del horario laboral normal sólo puedes obtenerlo si sigues los procedimientos anteriores el primer día laborable después de que se realicen dichas reparaciones de urgencia, a menos que demuestres que no fue razonablemente posible dar aviso o presentar la prueba de siniestro dentro del plazo establecido y que el aviso se presentó tan pronto como fue razonablemente posible.

      Si presentas una solicitud de reembolso de las Prestaciones de Fin de Arrendamiento, envía por correo: (1) una copia de este CONTRATO; (2) copias de TU liquidación final de entrega del arrendamiento con todos los cargos aplicables de TU arrendador; (3) copias de los recibos que demuestren el pago de estos cargos por TU parte al arrendador, y: (4) una copia de los documentos finales de finalización del arrendamiento que muestren la fecha en que el VEHÍCULO CUBIERTO fue devuelto al arrendador a:

      CornerStone United, Ltd.
      931 Commissioners Road E., Suite 201
      London, ON N5Z 3H9;

      Si presentas una solicitud de reembolso de neumáticos y ruedas, reparación de parabrisas, reparación de abolladuras sin pintura, reparación del interior o gastos de interrupción del viaje, envía por correo una copia de este documento

      CornerStone United, Ltd.
      931 Commissioners Road E., Suite 201
      London, ON N5Z 3H9;

      VII. NUESTRO DERECHO A RECUPERAR EL PAGO

      Si NOSOTROS realizamos cualquier pago en virtud de este CONTRATO, aceptas que NOSOTROS tenemos todos los derechos de recuperación de esos pagos contra cualquier persona, debido a, pero no limitado a, una campaña de retirada de seguridad, cualquier reparación requerida por cualquier tribunal, agencia reguladora, decreto o acuerdo. no harás nada que perjudique esos derechos. Si tienes derecho a recuperar contra otra parte, TUS derechos se convierten en NUESTROS derechos. harás todo lo necesario para que NOSOTROS podamos hacer valer estos derechos. Si NOSOTROS pagamos las reparaciones en virtud de este CONTRATO y también eres reembolsado por las mismas reparaciones por otra persona, TU pago pasará a ser de NUESTRA propiedad hasta el importe que NOSOTROS hayamos pagado por las reparaciones.

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